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Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género

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Para el Tribunal Penal Uno de Posadas, en el juicio por el caso Antonella Rocío Bernhardt (27), golpeada y asesinada de un puntazo en la garganta, no se recolectaron suficientes elementos para acreditar “con alta probabilidad” que el crimen se haya cometido en un contexto de violencia de género, razón por la cual decidieron descartar la aplicación del agravante de femicidio en la sentencia dictada contra el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33).

“No cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”, postuló la magistrada Viviana Cukla en su voto, plasmado en los fundamentos del fallo, documento al cual tuvo acceso La Voz de Misiones

En la resolución, de 112 páginas, la jueza que presidió el debate oral que se desarrolló desde el 6 hasta el 13 de noviembre, se explayó respecto a los argumentos tenidos en cuenta por el tribunal que integra junto a los magistrados Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie para desestimar los agravantes de femicidio y alevosía planteados por la fiscalía, calificación legal que, de haberse aplicado, pudo significarle la prisión perpetua a Vargas.

Culminado el repaso histórico de la causa, como así también la mención de todo lo producido a lo largo del juicio, incluido el alegato de las partes (querella, fiscalía y defensa), la jueza Cukla procedió a la analizar la cuestión vinculada a la acreditación del hecho y a la autoría por parte del imputado.

En ese punto, la presidenta del TP Uno consideró plenamente acreditada la autoría del crimen por parte de Vargas, describiendo que la víctima fue sofocada con maniobras de asfixia, golpeada dos veces en la cabeza y posteriormente atacada con un cuchillo monofilo mediante el cual el imputado “seccionó la tráquea causando una herida profunda”.

Para Cukla, el asesinato se produjo en el marco de un forcejeo de pocos minutos en el cual Antonella logró prestar un mínimo de defensa, aunque consideró que el desarrollo de los hechos no pudo ser determinado con certeza suficiente, a pesar del testimonio brindado por la forense Carolina Lanzos, sobre el cual el fiscal Martín Rau basó gran parte de su alegato y ahora fue contestado.

“La información aportada por la médica por sí sola no alcanza que poder efectuar una reconstrucción histórica de cómo fue la pelea y posterior muerte de Rocío Antonella, particularmente si la víctima al momento de recibir la puñalada se encontraba de pie o yacía tendida en el suelo, lo cual fue sostenido por el Sr. Fiscal”, arguyó la magistrada, razonamiento que también fue utilizado para desestimar el agravante de alevosía.

En esta primera parte de su análisis, Cukla también desestimó la versión dada por Vargas respecto al supuesto acto de sexo oral y posterior video con el cual la víctima habría querido extorsionarlo y, en esa misma línea, descartó que haya sido Antonella quien manipulaba el cuchillo al momento del hecho.

Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, los jueces del Tribunal Penal Uno. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

Agravantes descartados, los argumentos del TP Uno

Zanjada estas cuestiones, llegó el momento de la controversia basada en la calificación legal, tópico que se transformó en el eje de la discusión, más aún después de aquel 13 de noviembre en el que el tribunal decidió condenar a Vargas a 20 años de prisión por el delito de homicidio simple.

La parte resolutiva de la sentencia leída ese día en el SUM del Palacio de Justicia conllevaba un spoiler: para el tribunal el crimen de Antonella no configuró un femicidio y en los fundamentos comunicados hoy enumeran los razonamientos efectuados para llegar a tal conclusión.

Al ahondar en este punto, Cukla volvió a realizar un repaso de la causa, principalmente a lo vinculado respecto a los idas y vueltas que tuvo la calificación legal de la causa ya durante la etapa de instrucción, con constantes apelaciones y oposiciones de las partes.

A partir de allí, se adentró en lo registrado pura y exclusivamente en el debate, recordando el contenido de los alegatos desarrollados por el fiscal Rau, por el abogado particular Mauricio Vergara como querellante particular y por el defensor oficial Mario Ramírez.

“Se deben descartar las demás agravantes pretendidas por la acusación -querella y fiscalía- por no encontrarse reunidos los presupuestos exigidos en términos procesales o probatorios, en tanto no supera el estado de duda razonable (respecto al femicidio) como tampoco reúne las condiciones exigidas a nivel normativo (sobre alevosía)”, adelantó la jueza líneas después.

Desde esa base, desmenuzó la definición legal de la figura penal de femicidio (contemplado en el artículo 80, inciso 11) y sostuvo que la principal dificultad radica en determinar qué circunstancias constituyen o no violencia de género.

A continuación, postuló que las circunstancias del hecho valoradas por las partes en sus alegatos “no tienen el peso probatorio para determinar con un alto grado de probabilidad, que la muerte violenta de Rocío Antonella se produjo mediando violencia de género”.

Cukla recordó que el fiscal Rau planteó que la violencia de género en el caso Antonella estaba dado en virtud de su estado de vulnerabilidad ante una realidad económica apremiante, lo cual ubicó a Vargas en una situación de poder sobre ella ya que le ofreció trabajo.

La magistrada, en cambio, argumentó que entre la víctima y Vargas existía un “acuerdo limitado a lo laboral” vinculado a la venta de servicios de fotografías en escuelas de Posadas, cuestión que “no nos permite inferir que se configuraba una circunstancia de desigualdad entre los mismos, de discriminación o de dominación basada en esta circunstancia”.

En líneas siguientes, la jueza dejó fuera de dudas que “Vargas causó violentamente la muerte a Rocío Antonella Bernhardt”, pero volvió a plantear la discusión suscitada en si las circunstancias del hecho cumplen con el estipulado de “mediare violencia de género” que contempla el agravante de femicidio.

“Inferir que existió un contexto de violencia de género a partir de datos acreditados que, por sí mismos no revelan violencia de género, como por ejemplo un acuerdo laboral, o que Rocio Antonella buscaba trabajo, además de ser incompatible con uno de los principios básicos del derecho procesal penal, conforman simples conjeturas -no objetivas- que no tienen anclaje en los elementos de juicio producidos en la causa”, expresó.

El fiscal Martín Rau había pedido perpetua por homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

Tampoco consideró Cukla que la gravedad de las lesiones o las diferencias de fuerza y tamaño sean elementos suficientes para acreditar la violencia de género.

“Entiendo que no es suficiente establecer que existe femicidio cuando un hombre mata violentamente a una mujer, entre los cuales había diferencias de fuerza y tamaño. Sino, de lo contrario, no podríamos hablar de femicidio cuando un hombre pequeño mata a una mujer más grande corporalmente, a pesar de haber mediado violencia de género”, agregó.

También reflexionó que “en las condiciones probatorias que se encuentra la causa, me encuentro en una situación en la cual, si bien, no descarto que no hayan existido elementos que conviertan la muerte violenta de Rocío Antonella Bernhardt en un femicidio, pero al mismo tiempo sostengo ‘no se trata de una cuestión de fe’. Por lo tanto, atento a la instancia procesal en la que nos encontramos, debo decir que no cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”.

E insistió: “Nuevamente considero necesario resaltar que para la configuración del femicidio, no es suficiente que el sujeto activo sea hombre y la víctima una mujer, sino que debemos tener por acreditado con un alto grado de probabilidad a través de constancias comprobadas de la causa, de que la muerte de la mujer se produjo en un contexto de violencia de género”.

Y, como cierre, a esta cuestión en particular, apuntó: “Por demás, quiero dejar a salvo mi criterio en cuanto entiendo que las reglas de valoración de las pruebas, no puede ceder ante la presión social o mediática, sino que debe estar ceñido a las reglas que rigen a un razonamiento objetivo de la prueba, de acuerdo a la lógica y a la sana crítica racional”.

Ya a lo último de la resolución, la magistrada del TP Uno también explicó por qué desestimaron el agravante de alevosía solicitado por fiscal Rau y allí regresó sobre el testimonio vertido por la forense Lanzos, al cual calificó como insuficiente para reconstruir la mecánica del hecho.

En consecuencia, consideró que no se puede dar por acreditado que la víctima haya sido atacada en estado de indefensión, más aún al recordar que Antonella registraba lesiones defensivas.

En base a estas argumentaciones, Cukla consideró que no quedaba más que subsumir el hecho en un homicidio simple y aplicar a Vargas la pena de 20 años de prisión.

Tanto el magistrado Dejesús Cardozo como Gustavo Bernie adhirieron al voto efectuado por Cukla y solamente el primero de ellos planteó una disidencia respecto al monto de pena aplicar, ya que consideró que la condena correspondiente era de 25 años de cárcel.

Conocida estas consideraciones, las partes tendrán la posibilidad de recurrir la sentencia para que sea revisada en instancias superiores, por lo cual la discusión podría continuar abierta.

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Crimen del penitenciario Argüello: preventiva para la hermana y la pareja

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El Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos, resolvió en las últimas horas el dictado de prisión preventiva contra las dos mujeres detenidas por el asesinato del agente penitenciario Julio César Argüello (45), registrado en febrero pasado.

Las implicadas son Rosa Lidia Argüello (54), hermana de la víctima, quien enfrenta una acusación como autora del delito de “homicidio simple” -que prevé entre 8 y 25 años de prisión-, y Paola Z. (35), última pareja del penitenciario, cuya imputación es por “encubrimiento agravado por tratarse de un delito grave”.

El agente penitenciario que se desempeñaba como adscripto en el ministerio de Derechos Humanos fue atacado el 6 de febrero en su casa sobre calle Puerto Rico, a metros de la residencia del gobernador en el barrio Luis Piedra Buena de Posadas.

El hecho fue alertado por la propia hermana, quien llamó a una ambulancia para auxiliar al agente que estaba herido dentro de la vivienda.

El hombre fue trasladado al hospital Madariaga y quedó internado en grave estado de salud hasta que el jueves 12 de febrero se produjo su fallecimiento, ante lo cual se realizó un examen de autopsia que confirmó que la lesión sufrida correspondía a un balazo y el caso pasó a ser investigado como homicidio.

Desde el principio hubo más dudas que certezas en cuanto a las circunstancias del hecho, pero después del estudio forense la Justicia pudo avanzar con más elementos y en la pesquisa recolectó indicios que colocaron a su hermana bajo la lupa.

Entre esos elementos sobresalen imágenes de una cámara de seguridad que la muestran ingresar a la vivienda de la víctima en un horario cercano al hecho y otro indicio más directo aún: un revólver calibre 32 encontrado en la casa de sus padres, donde la mujer reside, en calles Ghandi y Jerusalén, en cercanías a la estación transferencias Quaranta.

El arma, que además tenía una vaina percutada, fue incautada por el personal de la Dirección Científica para ser sometido a pericias.

Respecto a la pareja de la víctima, también cuenta con imágenes de seguridad que la muestran en el inmueble en cuestión y se sospecha que su intervención fue clave para limpiar la escena.

Crimen del penitenciario: su hermana se abstuvo y su pareja negó complicidad

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Passalacqua propuso al fiscal Andrés Poujade para integrar el STJ

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El gobernador Hugo Passalacqua elevó la propuesta del fiscal Andrés Poujade para ocupar un lugar en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones, en el marco del proceso institucional para cubrir una vacante en el máximo órgano judicial de la provincia.

De acuerdo a lo comunicado, la postulación resalta el perfil académico y la trayectoria judicial de Poujade, actual fiscal de Cámara en lo Penal y de Menores de Misiones, cargo al que accedió en 2013 mediante concurso público y posterior acuerdo legislativo.

Nacido en Posadas, Poujade es abogado egresado de la Universidad de Buenos Aires y cuenta con estudios de posgrado en el país y en el exterior. Entre sus antecedentes académicos figura una maestría en Derecho Francés y Europeo de Negocios y Nuevas Tecnologías cursada en Francia.

También destaca su participación en instancias de formación vinculadas al derecho penal, derechos humanos, políticas públicas y gestión judicial, además de su paso por la docencia universitaria.

En el ámbito institucional, además de desempeñarse como fiscal de Cámara, Poujade integra como vocal titular el Tribunal Electoral de Misiones.

Desde el Ejecutivo provincial señalaron que la propuesta apunta a fortalecer el Poder Judicial con perfiles que combinen experiencia, formación y trayectoria dentro del sistema judicial misionero.

La nominación deberá seguir ahora el procedimiento institucional correspondiente para su tratamiento legislativo y su designación cubriría la vacante que dejó Ramona Velázquez, tras su renuncia por jubilación el año pasado.

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Un misionero prófugo y dos detenidos en causa federal por tráfico de éxtasis

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Una investigación de la Justicia Federal de San Martín (Buenos Aires) por el tráfico de 18,5 kilogramos de pastillas de éxtasis valuadas en $650 millones tiene a Misiones como uno de los puntos centrales de la maniobra, con al menos tres personas oriundas de la provincia involucradas y una hipótesis judicial que ubica a la Triple Frontera como nueva vía de ingreso de drogas sintéticas al país.

En la causa se contabilizan dos prófugos y uno de ellos es Dyonathan Leonardo da Silva, de 31 años, oriundo de Oberá e hijo de un pastor, sobre quien pesa un pedido de captura internacional y una recompensa oficial de 5 millones de pesos para quien aporte datos que permitan localizarlo. El otro involucrado que elude a la Justicia es Ernesto Lionel Godoy, con último domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.

Según la investigación, ambos aparecen vinculados a una estructura que habría coordinado el envío de un cargamento de comprimidos de alto poder desde el norte del país hacia Buenos Aires, con presunto origen en Paraguay o Brasil. Los investigadores sostienen que la ruta utilizada muestra un desplazamiento del tráfico de drogas sintéticas hacia corredores vinculados con la Triple Frontera.

El portal porteño Infobae reconstruyó que la causa se originó el 29 de mayo de 2025, cuando personal de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) detectó una encomienda sospechosa durante un control en el kilómetro 240 de la ruta nacional 14, en la provincia de Entre Ríos. El paquete había sido despachado desde Puerto Esperanza y tenía como destino el partido bonaerense de San Martín. Un perro detector marcó la carga y permitió hallar las pastillas ocultas en el interior del envío.

Por ese tramo de la causa quedaron procesados otros dos misioneros, Ruth Engel (26) y su pareja Juan Sandobal, ambos oriundos de Puerto Esperanza. De acuerdo con el expediente, fueron señalados por empleados de la empresa de transporte utilizada para despachar la encomienda y permanecen con prisión preventiva y embargo de 15 millones de pesos cada uno.

El misionero entre los más buscados del país.

El gendarme y la pista

La resolución judicial también menciona la intervención de un gendarme nacido en Misiones, actualmente radicado en San Miguel, provincia de Buenos Aires, quien habría sido convocado para retirar el paquete una vez arribado al conurbano bonaerense. Según declaró, aceptó realizar el traslado a cambio de 50 mil pesos, bajo la explicación de que se trataba de una caja con perfumes.

El efectivo fue detenido en la sucursal donde debía retirar la encomienda, aunque luego obtuvo falta de mérito tras entregar su teléfono celular y aportar información sobre el contacto que lo convocó, identificado por la Justicia como Sandobal.

En paralelo, la pesquisa vincula a Da Silva con el número telefónico usado para recibir el cargamento y con la importación de una máquina para fabricar pastillas adquirida en Hong Kong, elemento que abrió otra línea de investigación sobre una posible estructura de producción o fraccionamiento.

La jueza federal Alicia Vence y el secretario Juan Ignacio Furia sostienen que los movimientos detectados entre Misiones, Paraguay, Brasil y Buenos Aires consolidan una nueva modalidad de tráfico de drogas sintéticas, con la provincia de Misiones como punto de salida dentro del circuito investigado.

Cayó gendarme que fue a retirar 18 kilos de éxtasis enviados desde Misiones

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