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Un año y 8 meses, la primera condena por romper la cuarentena en Argentina

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Se trata de un hombre de 43 años que además transportaba droga en su auto. Fue en un juicio abreviado y su hija deberá donar dinero a entidades públicas.

 

BUENOS AIRES (TÉLAM). Un hombre de 43 años que hace 19 días había sido detenido en las afueras de la ciudad bonaerense de Mar del Plata cuando circulaba sin permiso en medio del aislamiento preventivo por el coronavirus, con su hija en el baúl del auto y cinco gramos de cocaína, fue condenado a un año y ocho meses de prisión, informaron hoy fuentes judiciales.

Se trata del primer caso en el país en el que la Justicia Federal dictó sentencia por la violación de la cuarentena y el acusado deberá cumplir la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria.

Fuentes judiciales informaron que, en un juicio abreviado, el juez Santiago Inchausti condenó al hombre a un año y ocho meses de prisión, más una multa, por haber violado el aislamiento social, preventivo y obligatorio, haber puesto en riesgo la salud pública resistiendo y desobedeciendo a la autoridad, y por infracción de la ley de drogas 23.737.

Además, su hija de 24 años acordó una suspensión de juicio a prueba y deberá donar dinero a entidades de bien público afectadas a la asistencia por la pandemia.

Según las fuentes, el proceso de flagrancia se desarrolló de manera íntegramente digital y en diez días hábiles.

Un vocero con acceso al expediente explicó a Télam que si bien hubo condenas previas en la Justicia ordinaria, en la Justicia Federal fue la primera en el marco de la cuarentena obligatoria en todo el país.

En una audiencia virtual celebrada ayer, la fiscal federal Laura Mazzaferri y la defensa de los acusados presentaron ante el juez Inchausti el acuerdo que fue homologado horas más tarde por el magistrado, quien dictó la condena respecto del hombre y admitió las pautas acordadas para suspender el proceso a prueba respecto de la joven.

“Razones de política criminal y de eficiencia en la administración de los recursos disponibles para la persecución penal refuerzan la decisión de suscribir el presente acuerdo de juicio abreviado y evitar la realización de un complejo y extenso debate oral”, sostuvo Mazzaferri en el marco de la audiencia, donde el acusado reconoció la responsabilidad de los hechos y prestó conformidad con la calificación legal adoptada en este acto.

Al momento de dictar sentencia, se tomaron en consideración otras dos condenas que pesan sobre el acusado: en 2015 había recibido la pena de tres años de prisión por el delito de “tenencia de estupefacientes para comercialización” y hace un año había sido condenado por el delito de “encubrimiento” a ocho meses de efectivo cumplimiento.

Por otro lado, la joven firmó una suspensión de proceso a prueba por los hechos atribuidos a la infracción al artículo 205, en atención a la violación al aislamiento social y al artículo 239, de desobediencia a la autoridad.

La hija deberá abonar a favor del Estado los 7.000 pesos que tenía en su poder al momento de ser descubierta en el baúl del auto, que tendrán como destinataria una institución pública ocupada en la gestión de la emergencia sanitaria, como un hospital público o comedor barrial.

El hecho se registró a las 22 del domingo 26 de abril cuando la policía interceptó un auto que circulaba por la ruta 11, desde Mar del Plata camino a Santa Clara del Mar.

Los voceros añadieron que el hombre que conducía no tenía ninguna documentación del vehículo, ni permiso para circular en medio del aislamiento obligatorio que rige en el país.

En ese marco, los ruidos que provenían del interior del auto llevaron a los efectivos a pedir que abra el baúl, donde llevaba oculta a su hija, de 24 años.

Cuando se dio intervención a la Fiscalía Federal 1, a cargo de Mazzaferri, se solicitó la requisa del vehículo y, además de dinero y dos cheques por 60.000 pesos, se encontraron tres envoltorios con una sustancia blanca que el peritaje correspondiente arrojó que se trataba de cinco gramos de clorhidrato de cocaína.

Las pruebas reunidas, y en particular las conversaciones extraídas del teléfono celular del imputado, permitieron demostrar que la droga no estaba “inequívocamente” destinada a su consumo personal.

En la causa se declaró la flagrancia, y al día siguiente se realizó la audiencia multipropósito por videoconferencia, ante Inchausti, titular del Juzgado Federal 1 de Mar del Plata, en conexión con el destacamento policial de Santa Clara donde el sujeto permanecía detenido y donde también compareció la joven imputada, acompañada por su garante conductual.

De allí en adelante, la investigación se desarrolló por medios digitales, por lo que fue de relevancia el apoyo institucional y la provisión de medios técnicos por parte de la Procuración General de la Nación.

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Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril

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bono fuerzas federales

El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.

De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.  

Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.

Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.

El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal. 

Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.

 

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La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.

Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.

De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.

Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.

En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.

El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).

Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial

Impacto en Misiones

Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.

Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.  

Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes

 

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Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral

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reforma laboral cautelar

La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.

La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.

Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.

La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.

El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.

Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.

Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26

El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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