Nacionales
Ordenan al juez Casanello investigar a Cristina en el caso Báez
“Es de la lógica más elemental sospechar acerca de la íntima relación existente entre la cuantiosa adjudicación de obra pública a Báez (y su grupo económico) y las referidas relaciones del nombrado con los expresidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández”, afirmaron en su resolución Martín Irurzun y Eduardo Farah, cuyo apartado más crítico fue titulado “Lo que viene dejándose de lado”. De esta forma, confirmaron los procesamientos de Báez y del contador Daniel Pérez Gadín -que seguirán presos en Ezeiza-, Martín Báez, César Fernández, Fabián Rossi, Walter Zanzot y Sebastián Pérez Gadín por haber intentado blanquear a fines de 2012 alrededor de u$s5.100.000 a través de SGI. Los jueces validaron el uso como prueba de los videos, cuyo origen sigue siendo desconocido. La decisión impacta en el primer procesamiento: Casanello procesó a Báez junto a Jorge Chueco por la repatriación de u$s33 millones a través de Helvetic Services Group, también bajo instrucción de la Cámara, que le ordenó profundizar esa hipótesis. “De momento resulta válido considerar como ilícito precedente al fraude impositivo proveniente de la utilización de facturas apócrifas” de distintas empresas, aclarando que “la consideración del origen del dinero ilícito restringida a la evasión fiscal que formula el juez es sólo una de las hipótesis posibles de las que ya se encuentran incorporadas”, concedieron. Embargos, inhibiciones y bienes incautados fueron avalados por el tribunal.
Pero en esta resolución, los dardos de los camaristas nuevamente apuntaron a Casanello: “Los acontecimientos fueron sujetos por el juez, hasta aquí, a un examen limitado que aborda aspectos parciales -y menores- de aquellos”. Por lo que recordaron que ya habían advertido al magistrado sobre ampliar su pesquisa dado que “no podía parcializarse la investigación de las maniobras y que, en esa línea, había hechos inseparables de las hipótesis por las que se promovió la instrucción”. Por esta vía fue que comenzaron a cuestionar la ausencia de imputaciones sobre quienes le otorgaron obras públicas, a partir de las cuales se habrían obtenido los fondos para cometer ilícitos. “Paralelamente existieron, en forma continuada y repetida, vínculos -al menos- comerciales que unían a firmas privadas de Lázaro Báez con otras ligadas a la por entonces presidenta de la Nación, Cristina Fernández o a familiares de la nombrada”, sostuvieron. “Al respecto, la posibilidad de un acuerdo de voluntades, con permanencia en el tiempo y división de roles, fue hace tiempo introducida en la causa como hipótesis, sin que se la haya profundizado debidamente”, explicitaron, bajo el supuesto objetivo de “hacerse espuriamente de fondos públicos”. Pusieron la lupa sobre “posible decisión directa o influencia ejercida” para que esas licitaciones fueran derivadas a Báez. Por eso señalaron a las autoridades del Ministerio de Planificación y de Obras Públicas. El 21 de marzo, Casanello había asegurado que Cristina no estaba involucrada en la pesquisa.
Lo novedoso del fallo fueron las pautas para “coordinar” la investigación con la que tramita Julián Ercolini precisamente por una presunta asociación ilícita, o por la causa Hotesur. En el rol de “ordenadora”, la Cámara propuso avanzar rápido y constituir reuniones periódicas entre los jueces para compartir pruebas en los expedientes y así, evitar dilaciones. No embarcarse en peritajes ni en acciones que terminen en “fracaso”. La inédita recomendación también sugirió “delegar” en la fiscalía algunos tramos y elevar a juicio las partes que ya cuenten con pruebas, separándolas si hace falta del expediente principal. La Sala II plasmó así un atajo a las condenas Cristina de Kirchner eligió Twitter para responder a través de una catarata de publicaciones: “Podrán meterme presa, pero no van a tapar un plan que distribuye pobreza”, escribió, entre otras referencias tanto a Panamá Papers (sin mencionar a Mauricio Macri pero aludiendo a él y a su entorno) y a la sucesión de allanamientos que ocurrieron ayer en Santa Cruz, en el marco de la causa Los Sauces. “Hacía décadas” que no veía “un abuso de poder y persecución política semejante”, denunció.
Nacionales
Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril
El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.
De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.
Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.
Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.
El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal.
Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.
Nacionales
La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.
Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.
De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.
Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.
En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.
El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial
Impacto en Misiones
Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.
Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.
Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes
Nacionales
Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral
La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.
La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.
Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.
La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.
El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.
Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.
Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
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