Nacionales
Devolución del 21% del IVA podrá sumarse a reintegros de otros programas
Luego del anuncio de la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), comunicado ayer por el ministro de Economía, Sergio Massa, se dispararon las dudas respecto a los detalles de la medida, que comenzará a regir desde este lunes 18 de septiembre y hasta el 31 de diciembre.
Según se explicó ayer, con el programa Compre sin IVA se recibirá un reintegro del 21% en la compra de productos de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) por hasta 18.800 pesos mensuales, lo cual significa compras por hasta unos 89.500 pesos por persona.
El beneficio alcanza a 9 millones de trabajadores en relación de dependencia que ganan menos de 708.000 pesos brutos mensuales, así como a 2,7 millones de monotributistas y 440 mil empleados de casas particulares.
Asimismo, también ingresarán al programa los 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y 7 millones de jubilados y pensionados (incluyendo cajas provinciales), que ya contaban con esta ayuda.
Tope de devolución
La devolución del 21% tiene un tope de reintegro de 18.800 pesos por mes. Es decir, si el 21% de las compras realizadas en el mes supera ese techo, de todas formas el reintegro no podrá ser mayor a esa suma.
Se podrá comprar en cualquier comercio que venda productos de la canasta básica, como supermercados, almacenes, supermercados chinos, carnicerías, verdulerías y más.
Tarjetas
Se puede acceder al beneficio con cualquiera de las tarjetas de débito de todos los bancos.
Además, en el proyecto que presentó el Poder Ejecutivo para fijar el programa como ley y derecho adquirido, se está estudiando ampliar la ayuda a las tarjetas de crédito, pero para ello la Afip debe elaborar una interfaz concreta con determinados bancos para evitar que algún otro consumo entre por esta vía.
En tanto, en lo que respecta a las billeteras virtuales, aclararon que si se paga con el dinero en cuenta de la billetera digital, como Mercado Pago o Modo, no se obtendrá el reintegro. En cambio, sí se obtiene la devolución si se abona a través de la tarjeta de débito asociada a la billetera digital. De igual manera, con tarjetas de débito de bancos virtuales como Lemon Card o Ualá también se hace la devolución.
En diálogo con Radio 10, el titular de Afip, Carlos Castagneto, afirmó que no se descarta, una vez lanzado, “ir ampliándolo a otras metodologías, como las billeteras virtuales”.
Reintegro y acumulación
De acuerdo a lo informado, no se debe hacer ningún trámite para utilizar para obtener el reintegro del 21%.
La devolución se deposita 48 horas después de la compra, de forma automática y en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito asociada.
Además, el beneficio no es excluyente, ya que se acumula a las promociones de bancos, porque es sobre lo que se paga en el ticket final. También es acumulable con otro tipo de beneficios, como los programas Ahora que rigen en Misiones.
Por ejemplo, con la devolución del 17% del Ahora Canasta, se podrá sumar hasta un 38% de descuento en la compra de alimentos.
En tanto, el programa es por beneficiario, no por grupo familiar. En una familia con un matrimonio donde uno es empleado en relación de dependencia y el otro monotributista, por ejemplo, ambos tienen el beneficio por separado.
En ese sentido, se explicó que cada persona será identificada con el Cuil o Cuit en la base de datos para llegar al límite en ese monto.
Por más que la persona cuente con más de una tarjeta de débito, el programa Compre sin IVA se aplica por beneficiario, por lo que si se posee, por ejemplo, dos tarjetas, no se contará con el doble del beneficio.
Productos
Los productos incluidos en la medida son todos aquellos que formen parte de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) del Indec. También se podrán comprar productos de higiene personal.
- Frutas (manzana, mandarina, naranja, banana, pera)
- Papa
- Batata
- Legumbres secas (lentejas, arvejas)
- Hortalizas (acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado)
- Carnes (asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado)
- Menudencias (hígado)
- Fiambres (paleta cocida, salame)
- Huevos
- Leche
- Queso (queso crema, queso cuartirolo, queso de rallar)
- Yogur
- Manteca
- Aceite
- Pan
- Galletitas de agua
- Galletitas dulces
- Arroz
- Harina de trigo
- Otras harinas (maíz)
- Fideos
- Azúcar
- Dulces (dulce de batata, mermelada, dulce de leche)
- Bebidas no alcohólicas (gaseosas, jugos concentrados, soda)
- Bebidas alcohólicas (cerveza, vino)
- Sal fina
- Condimentos (mayonesa, caldos concentrados)
- Vinagre
- Café
- Yerba
Nacionales
Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril
El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.
De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.
Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.
Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.
El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal.
Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.
Nacionales
La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.
Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.
De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.
Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.
En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.
El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial
Impacto en Misiones
Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.
Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.
Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes
Nacionales
Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral
La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.
La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.
Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.
La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.
El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.
Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.
Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
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