Nuestras Redes

Judiciales

Se abstuvo y fue imputado el policía detenido por el asesinato de Acuña

Publicado

el

juzgado uno acuña policía

El policía detenido por el asesinato del chofer de Uber Jorge Daniel Acuña (48) se abstuvo de declarar hoy ante la Justicia y fue imputado provisoriamente como autor del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por ser cometido por un funcionario público”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.

Tal como estaba previsto, el hasta el viernes pasado agente con cumplimiento de funciones en la Comisaría Segunda de Posadas, Héctor Raúl A. C. (26), fue trasladado esta mañana bajo fuerte custodia al Juzgado de Instrucción Uno, para cumplir con la audiencia de declaración indagatoria, aunque al momento de comparecer ante el magistrado Marcelo Cardozo optó por guardar silencio.

En la misma audiencia el detenido fue notificado del hecho que se investiga, como así también del material probatorio que se registra en su contra hasta el momento. Las evidencias más importantes son cámaras de seguridad que lo captan abordando el auto de la víctima horas de su desaparición, además de huellas dactilares suyas que quedaron marcadas en elementos manipulados dentro del vehículo.

En la misma instancia se le notificaron los primeras conclusiones del examen forense practicado al cuerpo del fallecido, el cual confirmó la presencia de dos disparos, uno en la espalda y otro en el cráneo que no alcanzó a ser penetrante, además de golpes compatibles con culatazos.

Los médicos que participaron de la necropsia también establecieron que Acuña no murió de manera instantánea, sino que atravesó un proceso de larga agonía hasta fallecer.

El cuerpo de Acuña fue hallado el viernes a la noche entre las malezas a un costado del by pass.

El hombre fue visto por última vez el lunes 22 de julio a la tarde, cuando salió de su casa en Garupá para ir a ver un mecánico que reside sobre la avenida Lavalle, casi Carlos Pellegrini, pero nunca regresó. Su cadáver recién fue encontrado el viernes siguiente, tendido a un costado del by pass y tapado con ramas de diferentes características.

La investigación trazada por diversas dependencias especializadas de la Policía de Misiones estableció que ese lunes por la tarde Acuña efectivamente se encontró con el mencionado mecánico, pero se retiró de allí entre las 15 y las 16.

Su siguiente ubicación fue determinada a través de cámaras de seguridad que lo captaron cuando arribaba a bordo del Fiat Siena que usaba para trabajar al cementerio La Piedad de Posadas.

Las imágenes mostraron que allí subió a otra persona y que desde ese punto el vehículo avanzó hasta llegar al by pass y continuar recorrido en dirección hacia Garupá, aunque en determinado se perdió de vista.

Una hora después volvió a ser captado por los dispositivos de monitoreo emprendiendo el regreso por las mismas arterias hasta detenerse sobre la calle Pedro Correa, frente al cementerio, aunque quien conducía no era Acuña, sino que se trataba de otra persona.

acuña

El Kwid fue una pista clave para dar con el policía detenido.

Todo indica que esa otra persona era el policía ahora detenido, que minutos después se subió al mismo Renault Kwid con el que había llegado anteriormente. Ese vehículo fue la punta del ovillo para su identificación y posterior captura mediante el allanamiento de una vivienda sobre avenida Tomás Guido, casi Blas Parera.

Tras su comparecencia ante la Justicia hoy, el único acusado por el hecho continuará detenido mientras avanza el expediente que lleva adelante el juez Cardozo.

Se espera que a la causa se añadan en las próximas horas el resultados de las pericias balísticas y los informes de autopsia digital practicados sobre los teléfonos celulares incautados en el marco de la causa.

Se espera que de allí se obtengan pistas que puedan determinar la existencia de algún vínculo previo entre la víctima y el sospechoso o si Acuña ese día vio primera vez a su posible asesino.

Mientras ello sucedido en el juzgado, los familiares de Jorge Acuña procedían a dar el último adiós a la víctima y luego a inhumar sus restos. Prometieron luchar hasta obtener justicia por el crimen.

Judiciales

Juzgan a un albañil paraguayo acusado de abusar de dos cuñadas menores

Publicado

el

albañil abuso

Esta mañana, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzó el juicio oral contra un albañil paraguayo acusado de cometer abusos sexuales en perjuicio de dos cuñadas menores de 13 años con quienes convivía en un inmueble del barrio Santa Clara II de Garupá.

En la audiencia de hoy, se procedió a la lectura del requerimiento de elevación de la causa, documento en el cual la fiscal de instrucción Patricia Clerici, volcó la reconstrucción de los hechos endilgados, las pruebas recolectadas y la acusación que ahora enfrenta el implicado.

El extranjero, identificado como Román Federico Agustín Melgarejo (28), está imputado por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal (un hecho) y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa (varios hechos), en concurso real”.

Según la lectura del expediente, el primer hecho se registró en perjuicio de una niña de 11 años, hermana de la pareja del acusado, quien reveló que durante el 2016 fue abusada sexualmente por su cuñado mientras convivían en el mismo hogar.

No es lo único. El hombre también está acusado de intentar en varias oportunidades cometer el mismo hecho en perjuicio de otra cuñada también menor de edad. Esa situación habría ocurrido en 2018, aunque la denuncia que disparó el caso se radicó tiempo después.

El tribunal encargado de llevar adelante el debate es presidido por el magistrado Gustavo Bernie e integrado por Ricardo Balor y Fernando Verón como vocales subrogantes.

En la fiscalía interviene Vladimir Glinka, mientras que la defensa del acusado está a cargo del abogado particular Abel Martín Acevedo.

Tras la lectura del requerimiento de elevación a juicio, la audiencia avanzó en la toma de testimoniales a los testigos de la causa, etapa que se realiza a instancia privada a fin de resguardar la identidad y la integridad de las denunciantes.

El comienzo del debate fue transmitido en vivo, durante la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa.

Seguir Leyendo

Judiciales

Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

Publicado

el

cerro azul

La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

Seguir Leyendo

Judiciales

Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

Publicado

el

Cristaldo Tizato

El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

Seguir Leyendo
Publicidad

Lo más visto