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Otorgan amparo contra el DNU y anulan aumentos de prepaga a jubilada posadeña

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El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso de Posadas, a cargo del magistrado José Luis Casals, dio lugar a un recurso de amparo presentado por una posadeña cuya obra social prepaga le cobraba una cuota mensual que le significa más del 80% de su jubilación tras una serie de aumentos ejecutados luego del mega DNU 70/2023 del presidente Javier Milei y ordenó que la compañía retrotraiga los valores a diciembre del año pasado.

De acuerdo a la información recabada por La Voz de Misiones, la cautelar fue presentada por una jubilada posadeña de 65 años, paciente oncológica, a quien la cuota mensual de su obra social prepaga le vino con aumentos de 90% en enero y de 40% en febrero, alcanzando un valor que le significaba el 82% del total de sus haberes previsionales, lo que la ubicaba en una situación de mayor vulnerabilidad aún.

Ante esta situación, la mujer decidió acudir a la Justicia y para la presentación del amparo contó con el asesoramiento legal del estudio jurídico J. M. Armanini, integrado por los hermanos Augusto y Luciano Armanini, entre otros, quienes dialogaron con LVM y dieron detalles del fallo que sienta precedente.

“En este caso tenemos a una ciudadana que se sintió afectada por un aumento unilateral y absolutamente arbitrario, aunque no ilegítimo, porque no contraviene ninguna norma e incluso surge a partir de una norma que es el DNU, pero que se termina comiendo el 80% de su jubilación y es en protección al bien de la vida que entra en juego esta acción de amparo, porque lo que está en juego es la salud, un derecho fundamental”, explicó Luciano Armanini.

“El aumento escandaloso sobre los ingresos de la jubilada lleva directamente a que el bien de la vida y de la salud de esta persona colisione con la ley escrita, entonces el amparo lo que hace es cuestionar si esa ley es justa, no cuestiona si es legítima o ilegítima. Lo que cuestiona es si es justo que una persona quede con la disponibilidad del 20% de su salario para poder pagar la prepaga”, reafirmó.

Luciano y Augusto Armanini, los abogados que representaron a la jubilada posadeña.

El recurso presentado por los letrados posadeños recayó en el juzgado que dirige el magistrado Casals, quien justamente falló a favor de la cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenó a la obra social demandada retrotraer la facturación mensual a los valores de diciembre, previo a la publicación del DNU impulsado por el presidente Javier Milei para desregular la economía y el cual todavía está pendiente de revisión en el Congreso de la Nación.

“El efecto inmediato de la sentencia, que es parte de un proceso judicial que por supuesto va a ser cuestionado por la otra parte, es lo que se buscaba, que la lesión actual del patrimonio de nuestra clienta se detenga y que el sostenimiento mensual económico de la persona pueda continuar. Es decir, que siga cobrando su jubilación, que pague la prepaga al valor de diciembre y pueda seguir viviendo”, sintentizó Augusto.

El letrado, a la vez, valoró que “el fallo tuvo lugar acá, pero tiene vigencia en todo el país, es fallo es pionero en la Justicia Federal de Misiones, entonces sienta un precedente”.

Por último, resaltó que “tenemos que destacar esto se da en el marco de un proceso constitucional en materia de salud, de amparo y en jurisdicción federal, donde frente a una norma de carácter extraordinaria como es un DNU, que alteró el marco regulatorio de las prepagas, que generó un descalabro en cualquier ciudadano de a pie. Acá se abandonó la razonabilidad en el aumento de las cuotas que, en el caso de nuestra clienta como ciudadana se vio gravemente afectada y pudo contar con el asesoramiento y las herramientas legales para reclamar a la Justicia y la Justicia le dio la razón en esta primera instancia”.

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Defensor de Ramírez tras la sentencia por el caso Belén: “Primó el patriarcado”

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Tras la condena a 16 de años de prisión impartida contra la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), acusada por la muerte de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15), el abogado defensor oficial se despachó con críticas hacia parte del tribunal encargado de emitir la sentencia y adelantó que recurrirá el fallo, aunque tampoco confía que el Superior Tribunal Justicia (STJ) revierta la medida.

“Primó el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada sobre las desigualdades que ha sufrido una mujer”, manifestó Miguel Ángel Varela, haciendo referencia a los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos, quienes por mayoría decidieron condenar a la imputada y se impusieron frente a la jueza Viviana Cukla que opinó por la absolución.

Para el funcionario, hubo dos factores clave en el fallo: la “ignorancia” y la “falta de perspectiva de género”.

“En el caso de las vecinas, que supieron de la existencia de Belén, cinco años antes, no sabían de la enfermedad y es comprensible que confundieran, pero que el médico que hizo la autopsia no supiera nada de las manifestaciones y síntomas del Síndrome de Rett y que en base a esa ignorancia se condene a una mujer sin que se sepa la causa de muerte me parece lamentable”, apuntó.

Y sobre el segundo punto planteó que “no tener la perspectiva de género es vergonzoso”, instancia en la que también aprovechó para lanzar críticas hacia el fiscal Vladimir Glinka.

Se la pasa llevando información a los diarios y no sé si será parte de una campaña de él para un cargo superior. Yo no busco prensa, esto es una cosa que surge del debate. Yo no llamo a la prensa ni buscando una foto”, disparó.

En esa línea, Varela adelantó que recurrirá la sentencia, aunque no espera una revisión favorable por parte del STJ.

No sé si en el STJ se revierte esto, por el poder que tiene el señor fiscal y el cuál está usando. Quiero creer que la Corte Suprema sí va a revertir”, cerró.

Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión

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Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión

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La empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48) fue declarada responsable por el homicidio de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15) y fue condenada a 16 años de prisión, pena que desde hoy comenzará a cumplir en la Unidad Penal V de Mujeres de Miguel Lanús.

La sentencia fue impartida este mediodía por el Tribunal Penal Uno de Posadas, con los votos mayoritarios de los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos (subrogante), quienes se impusieron ante la jueza Viviana Cukla que se inclinó por la absolución.

De acuerdo a la parte resolutiva del fallo, Ramírez fue declarada penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias de atenuación, razón por la cual recibió 16 años de prisión y no perpetua, como había solicitado el fiscal Vladimir Antonio Glinka en su alegato.

Con una votación idéntica, el tribunal también resolvió disponer la inmediata detención de Ramírez, que llegó a este debate libre y se retiró esposada dentro de un vehículo del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), mientras sus familiares desde la vereda reprochan a gritos la resolución.

Los jueces Mattos y Bernie se impusieron con los votos y la decisión final fue condenar a la imputada.

El caso

La muerte de Belén López se registró el 23 de julio de 2013 en la casa de su madre, donde estuvo en forma transitoria durante diez días porque su abuela y tía materna, quienes la cuidaron gran parte de su vida, hicieron un viaje a Corrientes.

La autopsia determinó que la causa de muerte fue vinculante a un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia. Apoyado en esa conclusión y en el testimonio vertido por casi una veintena de testigos, el fiscal Glinka consideró que la mujer actuó en forma deliberada y desatendió a su hija con el objetivo de dejarla morir de hambre y sed para “eliminarla de su proyecto de vida”.

A partir de esa hipótesis, el fiscal amplió la acusación inicial de “abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y por el resultado muerte” a “homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión”.

La defensa, en tanto, encabezada por el defensor oficial Miguel Ángel Varela, cuestionó severamente el informe forense y aseveró que la muerte se dio por causas naturales propias a la enfermedad Síndrome de Rett, factor que no fue tenido en cuenta por el médico encargado de efectuar la autopsia.

También criticó que el fallo no tuvo perspectiva de género y apuntó contra “el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada de las desigualdades que ha sufrido una mujer”.

Varela adelantó que recurrirá la resolución, aunque no confía en que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) revierta la medida y sí en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

Mariela Ramírez se quebró al recibir el abrazo de su hija y familiares después de la sentencia.

 

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Dieron arresto domiciliario a los 17 policías implicados en el caso Golemba

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Los 17 policías, entre activos y retirados, detenidos en el marco de la investigación por la desaparición forzada de Mario Fabián Golemba, ocurrida en marzo de 2008, quedaron este jueves bajo arresto domiciliario por disposición de la Justicia Federal de Posadas.

La medida fue adoptada por la magistrada María Verónica Skanata, titular del Juzgado Federal de Posadas, y la fiscal Silvina Gutiérrez analiza si presenta un recurso de apelación.

El beneficio alcanza a los 16 efectivos que habían sido detenidos durante los allanamientos realizados el lunes a la mañana y a Alfredo Lorenzo Ortiz, quien se presentó posteriormente de manera espontánea ante el juzgado.

De esta manera, los 17 sospechosos continuarán sujetos al proceso, aunque ya no permanecerán alojados en dependencias de Gendarmería Nacional. La resolución todavía puede ser apelada por la Fiscalía Federal Dos de Posadas, a cargo de Silvina Gutiérrez.

La investigación busca determinar qué ocurrió con Golemba, quien fue visto por última vez el 27 de marzo de 2008, cuando regresaba a su domicilio en la zona de Dos de Mayo después de haber viajado a Oberá.

La hipótesis de la desaparición forzada

La principal hipótesis que impulsa la Fiscalía Federal sostiene que Golemba fue privado ilegalmente de su libertad y que, posteriormente, habría sido trasladado y sometido a violencia en dependencias policiales.

De acuerdo con los elementos reunidos durante la investigación, distintos testimonios ubicaron al joven dentro de la comisaría de Dos de Mayo durante las horas posteriores a su desaparición.

La pesquisa también apunta a determinar la existencia de un presunto “pacto de silencio institucional” entre integrantes de la Policía para ocultar lo ocurrido y garantizar la impunidad de los responsables.

En ese sentido, la fiscalía analiza no solamente la posible participación de quienes pudieron haber intervenido directamente en la privación de la libertad de Golemba, sino también las conductas de aquellos funcionarios que eventualmente hayan colaborado con el encubrimiento o hayan omitido actuar ante lo sucedido.

Entre los imputados se encuentra el comisario retirado Ewaldo Katz, quien estaba al frente de la comisaría de Dos de Mayo al momento de la desaparición y durante su indagatoria decidió abstenerse de declarar.

Una causa que lleva 18 años

Golemba tenía 27 años cuando desapareció. El 27 de marzo de 2008 había viajado desde Dos de Mayo hasta Oberá para asistir a una consulta médica y posteriormente emprendió el regreso.

Sin embargo, nunca llegó a su casa y desde entonces nada se supo de su paradero.

La causa tuvo durante años una investigación en el ámbito de la Justicia provincial, hasta que posteriormente pasó al fuero federal. Con el avance de la pesquisa comenzaron a incorporarse nuevos testimonios y elementos que permitieron poner el foco sobre el accionar de policías que se encontraban en funciones durante los días posteriores a la desaparición.

Las detenciones concretadas esta semana marcaron un giro significativo en una investigación que llevaba casi dos décadas sin personas imputadas por la desaparición del joven.

Ahora, con los 17 acusados bajo arresto domiciliario, la Justicia Federal deberá avanzar con el análisis de las pruebas y determinar la situación procesal de cada uno de ellos.

El caso Golemba, el “pacto de silencio institucional” y los 16 detenidos

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