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Capo narco condenado a 15 años de prisión accedió a salidas transitorias

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El misionero José Luis “El Don” Chaparro, actualmente cumpliendo una pena única de 15 años de prisión en la Colonia Penal 17 de Candelaria por delitos de narcotráfico, fue incorporado al régimen de salidas transitorias.

El beneficio carcelario fue concedido a fines de octubre por parte del Tribunal Oral Federal de Córdoba, cuyas autoridades también firmaron la unificación de penas para el misionero el año pasado.

Chaparro supo ser una de las personas más buscadas del país entre 2015 y 2016, cuando se descubrió que era el hombre detrás de una organización narco dedicada a transportar cargas de marihuana desde Misiones hasta Córdoba.

Su nombre, incluso, estuvo incluido en el listado de personas con alerta roja y pedido de captura internacional de Interpol.

Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, la detención del implicado se concretó el 4 de agosto de 2016, cuando la Policía Federal Argentina (PNA) lo interceptó al mando de una camioneta Fiat Strada con 547 kilogramos de marihuana en la localidad correntina de Curuzú Cuatiá.

Tras su detención, la misma fuerza activó el allanamiento de una pieza de alquiler que el implicado utilizaba como búnker sobre la avenida Francisco de Haro de Posadas y los uniformados también encontraron dosis de cocaína.

Por esa causa Chaparro recibió una condena de cinco años y cuatro meses de prisión, luego de la firma de un acuerdo de juicio de abreviado con el Tribunal Federal de Corrientes.

Sin embargo, el hombre tenía que responder en un expediente mucho más grande en Córdoba.

Hasta allá fue trasladado luego y llevado a juicio oral junto a otros cómplices a quienes la Justicia Federal acusó de integrar una banda dedicada a traficar estupefacientes a gran escala.

En esa provincia fue condenado a la pena de 12 años de prisión como autor del delito de “organización de transporte de estupefacientes, agravado por el número de intervinientes” y luego se le impuso una pena única de 15 años.

Ese expediente comenzó a investigarse tras el secuestro de un camión de patente paraguaya que cayó en Gobernador Virasoro (Corrientes) con casi una tonelada de marihuana oculta entre una carga de maíz.

La carga de marihuana oculta en un conteiner de maíz a granel fue incautado en 2015 en Gobernador Virasoro.

Las pesquisas iniciadas a raíz de ese procedimiento determinaron que el líder de esa banda era Chaparro.

Ahora, tras más de seis años privado de su libertad, el misionero solicitó acceder al régimen de salidas transitorias y la Justicia dio lugar al pedido.

A su favor las autoridades tuvieron en cuenta su buen comportamiento tras las rejas y el tiempo de condena que ya lleva cumplido.

De esta manera, desde ahora y durante el término de un año, Chaparro contará con dos salidas transitorias de 12 horas y una de 24 por bimestre.

Para mantener el beneficio, el misionero deberá cumplir ciertos condicionamientos como, por ejemplo, regresar a la cárcel en horario y día autorizado; no alejarse del domicilio fijado por su tutora extra muros; no consumir bebidas alcohólicas ni estupefacientes; no manejar vehículos motorizados; no cometer nuevos delitos, ni tampoco vincularse con “personas de dudosa moralidad” ni participar de reuniones o actos públicos.

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.

El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.

Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.

Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.

A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.

Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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