Judiciales
Capo narco condenado a 15 años de prisión accedió a salidas transitorias
El misionero José Luis “El Don” Chaparro, actualmente cumpliendo una pena única de 15 años de prisión en la Colonia Penal 17 de Candelaria por delitos de narcotráfico, fue incorporado al régimen de salidas transitorias.
El beneficio carcelario fue concedido a fines de octubre por parte del Tribunal Oral Federal de Córdoba, cuyas autoridades también firmaron la unificación de penas para el misionero el año pasado.
Chaparro supo ser una de las personas más buscadas del país entre 2015 y 2016, cuando se descubrió que era el hombre detrás de una organización narco dedicada a transportar cargas de marihuana desde Misiones hasta Córdoba.
Su nombre, incluso, estuvo incluido en el listado de personas con alerta roja y pedido de captura internacional de Interpol.
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, la detención del implicado se concretó el 4 de agosto de 2016, cuando la Policía Federal Argentina (PNA) lo interceptó al mando de una camioneta Fiat Strada con 547 kilogramos de marihuana en la localidad correntina de Curuzú Cuatiá.
Tras su detención, la misma fuerza activó el allanamiento de una pieza de alquiler que el implicado utilizaba como búnker sobre la avenida Francisco de Haro de Posadas y los uniformados también encontraron dosis de cocaína.
Por esa causa Chaparro recibió una condena de cinco años y cuatro meses de prisión, luego de la firma de un acuerdo de juicio de abreviado con el Tribunal Federal de Corrientes.
Sin embargo, el hombre tenía que responder en un expediente mucho más grande en Córdoba.
Hasta allá fue trasladado luego y llevado a juicio oral junto a otros cómplices a quienes la Justicia Federal acusó de integrar una banda dedicada a traficar estupefacientes a gran escala.
En esa provincia fue condenado a la pena de 12 años de prisión como autor del delito de “organización de transporte de estupefacientes, agravado por el número de intervinientes” y luego se le impuso una pena única de 15 años.
Ese expediente comenzó a investigarse tras el secuestro de un camión de patente paraguaya que cayó en Gobernador Virasoro (Corrientes) con casi una tonelada de marihuana oculta entre una carga de maíz.

La carga de marihuana oculta en un conteiner de maíz a granel fue incautado en 2015 en Gobernador Virasoro.
Las pesquisas iniciadas a raíz de ese procedimiento determinaron que el líder de esa banda era Chaparro.
Ahora, tras más de seis años privado de su libertad, el misionero solicitó acceder al régimen de salidas transitorias y la Justicia dio lugar al pedido.
A su favor las autoridades tuvieron en cuenta su buen comportamiento tras las rejas y el tiempo de condena que ya lleva cumplido.
De esta manera, desde ahora y durante el término de un año, Chaparro contará con dos salidas transitorias de 12 horas y una de 24 por bimestre.
Para mantener el beneficio, el misionero deberá cumplir ciertos condicionamientos como, por ejemplo, regresar a la cárcel en horario y día autorizado; no alejarse del domicilio fijado por su tutora extra muros; no consumir bebidas alcohólicas ni estupefacientes; no manejar vehículos motorizados; no cometer nuevos delitos, ni tampoco vincularse con “personas de dudosa moralidad” ni participar de reuniones o actos públicos.
Judiciales
Arranca el juicio a dos sicarios brasileños acusados de un crimen en Posadas
El Tribunal Penal Dos de Posadas juzgará desde este martes a dos ciudadanos brasileños acusados de asesinar a balazos al comerciante Cristian Javier Díaz, en un hecho ocurrido en mayo de 2022 en el barrio Yacyretá de la capital provincial. Ambos enfrentan una acusación por homicidio doblemente calificado y podrían recibir prisión perpetua en caso de ser hallados culpables.
Los imputados son Gabriel Junio Guimaraes Da Silva y David Weslley de Oliveira Silva, oriundos de Porto Alegre y sospechados de integrar la organización narcocriminal brasileña Comando Vermelho.
Los dos implicados permanecen detenidos y llegan a esta instancia acusados de haber ejecutado el ataque contra Díaz, quien tenía 34 años al momento del crimen.
El debate se desarrollará ante el Tribunal Penal Dos, integrado por los jueces César Antonio Yaya -presidente-, Martín Alejandro Rau y Gregorio Augusto Busse. La acusación está a cargo del fiscal Vladimir Glinka.
La causa llegó a juicio después de que el juez de Instrucción Siete de Posadas, Miguel Mattos, dispusiera en febrero de 2024 la elevación del expediente. La calificación legal establecida fue la de homicidio doblemente calificado por el concurso premeditado de dos personas y alevosía, figura que contempla como pena la prisión perpetua.

Los extranjeros fueron detenidos pocas horas después.
El crimen
El homicidio ocurrió durante la madrugada del 8 de mayo de 2022, en la vivienda de Díaz, ubicada en la chacra 94, en jurisdicción del barrio Yacyretá.
Según la reconstrucción realizada durante la investigación, cerca de las 3.30 dos hombres llegaron hasta el kiosco que funcionaba en el frente del inmueble y llamaron a la ventana. Cuando Díaz se acercó para atender, fue atacado a tiros.
En la escena fueron levantados vestigios de siete disparos y seis impactos fueron encontrados en el cuerpo de la víctima, principalmente en cuello, tórax y abdomen. La lesión en el cuello fue considerada mortal.
La investigación de la Dirección Homicidios de la Policía de Misiones permitió avanzar rápidamente a partir de testimonios y del análisis de cámaras de seguridad. Los investigadores identificaron un Fiat Duna blanco con desperfectos en las luces traseras que había circulado por la zona después del ataque.
El vehículo fue localizado en una vivienda del barrio Luis Piedrabuena. Allí también se estableció que habían estado alojados los dos brasileños.
Los investigadores continuaron con las tareas de seguimiento y detectaron que ambos habían abandonado el inmueble en un remís rumbo a la terminal de ómnibus de Posadas. Fueron detenidos allí cuando, según la pesquisa, se disponían a tomar un colectivo para regresar a Brasil.

El Duna blanco, una pista clave.
La trama narco detrás
El expediente también estuvo atravesado por una hipótesis relacionada con el narcotráfico.
En octubre de 2021, Gendarmería Nacional había secuestrado 155 kilogramos de marihuana en un vehículo abandonado frente al inmueble del barrio Luis Piedrabuena donde posteriormente se estableció que habían permanecido los dos acusados.
A partir de esa conexión, el juez Mattos inicialmente se declaró incompetente y remitió las actuaciones a la Justicia Federal, al considerar que el homicidio podía estar relacionado con una investigación por narcotráfico. Sin embargo, la Justicia Federal rechazó la competencia y la causa regresó al fuero provincial.
Sicarios brasileños van a juicio por acribillar a un kiosquero en Posadas
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Defensor de Ramírez tras la sentencia por el caso Belén: “Primó el patriarcado”
Tras la condena a 16 de años de prisión impartida contra la empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48), acusada por la muerte de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15), el abogado defensor oficial se despachó con críticas hacia parte del tribunal encargado de emitir la sentencia y adelantó que recurrirá el fallo, aunque tampoco confía que el Superior Tribunal Justicia (STJ) revierta la medida.
“Primó el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada sobre las desigualdades que ha sufrido una mujer”, manifestó Miguel Ángel Varela, haciendo referencia a los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos, quienes por mayoría decidieron condenar a la imputada y se impusieron frente a la jueza Viviana Cukla que opinó por la absolución.
Para el funcionario, hubo dos factores clave en el fallo: la “ignorancia” y la “falta de perspectiva de género”.
“En el caso de las vecinas, que supieron de la existencia de Belén, cinco años antes, no sabían de la enfermedad y es comprensible que confundieran, pero que el médico que hizo la autopsia no supiera nada de las manifestaciones y síntomas del Síndrome de Rett y que en base a esa ignorancia se condene a una mujer sin que se sepa la causa de muerte me parece lamentable”, apuntó.
Y sobre el segundo punto planteó que “no tener la perspectiva de género es vergonzoso”, instancia en la que también aprovechó para lanzar críticas hacia el fiscal Vladimir Glinka.
“Se la pasa llevando información a los diarios y no sé si será parte de una campaña de él para un cargo superior. Yo no busco prensa, esto es una cosa que surge del debate. Yo no llamo a la prensa ni buscando una foto”, disparó.
En esa línea, Varela adelantó que recurrirá la sentencia, aunque no espera una revisión favorable por parte del STJ.
“No sé si en el STJ se revierte esto, por el poder que tiene el señor fiscal y el cuál está usando. Quiero creer que la Corte Suprema sí va a revertir”, cerró.
Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión
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Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión
La empleada municipal Mariela Andrea Ramírez (48) fue declarada responsable por el homicidio de su hija con discapacidad Rocío Belén López (15) y fue condenada a 16 años de prisión, pena que desde hoy comenzará a cumplir en la Unidad Penal V de Mujeres de Miguel Lanús.
La sentencia fue impartida este mediodía por el Tribunal Penal Uno de Posadas, con los votos mayoritarios de los magistrados Gustavo Bernie y Miguel Mattos (subrogante), quienes se impusieron ante la jueza Viviana Cukla que se inclinó por la absolución.
De acuerdo a la parte resolutiva del fallo, Ramírez fue declarada penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias de atenuación, razón por la cual recibió 16 años de prisión y no perpetua, como había solicitado el fiscal Vladimir Antonio Glinka en su alegato.
Con una votación idéntica, el tribunal también resolvió disponer la inmediata detención de Ramírez, que llegó a este debate libre y se retiró esposada dentro de un vehículo del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), mientras sus familiares desde la vereda reprochan a gritos la resolución.

Los jueces Mattos y Bernie se impusieron con los votos y la decisión final fue condenar a la imputada.
El caso
La muerte de Belén López se registró el 23 de julio de 2013 en la casa de su madre, donde estuvo en forma transitoria durante diez días porque su abuela y tía materna, quienes la cuidaron gran parte de su vida, hicieron un viaje a Corrientes.
La autopsia determinó que la causa de muerte fue vinculante a un cuadro de desnutrición, deshidratación e hipotermia. Apoyado en esa conclusión y en el testimonio vertido por casi una veintena de testigos, el fiscal Glinka consideró que la mujer actuó en forma deliberada y desatendió a su hija con el objetivo de dejarla morir de hambre y sed para “eliminarla de su proyecto de vida”.
A partir de esa hipótesis, el fiscal amplió la acusación inicial de “abandono de persona doblemente agravado por el vínculo y por el resultado muerte” a “homicidio agravado por el vínculo en su modalidad por omisión”.
La defensa, en tanto, encabezada por el defensor oficial Miguel Ángel Varela, cuestionó severamente el informe forense y aseveró que la muerte se dio por causas naturales propias a la enfermedad Síndrome de Rett, factor que no fue tenido en cuenta por el médico encargado de efectuar la autopsia.
También criticó que el fallo no tuvo perspectiva de género y apuntó contra “el patriarcado de dos jueces varones que no entienden nada de las desigualdades que ha sufrido una mujer”.
Varela adelantó que recurrirá la resolución, aunque no confía en que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) revierta la medida y sí en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

Mariela Ramírez se quebró al recibir el abrazo de su hija y familiares después de la sentencia.
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