Policiales
A pesar de los testimonios, la Justicia absolvió a un joven acusado de violar a una adolescente
ELDORADO. Para el Tribunal Penal Uno no se pudo probar el estado de consciencia o semiconsciencia de la víctima al momento del ataque sexual ocurrido en 2014. Por ello, liberaron al único imputado por principio de duda.
El debate oral que se realizaba en Eldorado por el abuso sexual de una adolescente en 2014 culminó ayer y el único imputado por el hecho, Francisco Javier Medina, fue absuelto por el principio de la duda. El fiscal y el Tribunal estuvieron de acuerdo en que no se pudo probar el estado de la víctima al momento del ultraje y que los elementos incorporados al expediente no eran suficientes para alcanzar el grado de certeza que se necesita para condenar a una persona.
El 11 de julio del 2014 a las 22,30 horas, una menor de 16 años se reunió con amigas para asistir a un boliche del kilómetro 9 de Eldorado. Ese 12 de julio la adolescente ingresó al boliche y se encontró con un compañero de secundaria de una de sus hermanas, quien le invitó un trago y ella accedió. Luego la menor se descompuso por la ingesta de alcohol por lo que un personal de seguridad del local bailable la trasladó hasta la vereda en compañía del imputado.
Posteriormente Medina pidió un remís, subió a la joven y ella pidió ir hasta su casa, pero se desvaneció y allí el acusado solicitó ir hasta un motel del kilómetro 6. Durante el viaje en remís, la menor llegó a vomitar dentro del vehículo, pero de igual forma Francisco Medina ingresó a la menor a la habitación del motel y la violó. Luego, el acusado volvió a pedirle al remisero que lo busque y lleve a la víctima hasta su casa.
En el camino la joven le contó al trabajador del volante sobre lo ocurrido en el motel y a su vez, el remisero le contó a la hermana de la víctima lo que había visto. Luego de esto se radicó la correspondiente denuncia y se activó la causa que llegó a juicio. Inclusive durante el debate, el remisero declaró en la última audiencia y ratificó gran parte de lo aportado en la instrucción, pero aparentemente todo lo incorporado no alcanzó a demostrar si la joven la comprendía o no lo sucedido al ingresar al motel.
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
Judiciales
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
Judiciales
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
El debate oral contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez se reanudó está mañana en el SUM del Palacio de Justicia.
Previo al inicio, se conocio un pedido de la fiscal María Laura Álvarez, quién planteó que la audiencia de hoy se realice a puertas cerradas, solo con la presencia de las partes y los medios acreditados.
En sus argumentos, expuso que se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
En el escrito sostuvo que en sus 13 años de trayectoria jamás experimento algo similar y recordó que la magistrada Marcela Leiva en varias oportunidades debió realizar llamados de atención a los asistentes para obtener el silencio adecuado en la sala.
La defensa, encabezada por el equipo legal integrado por los letrados Eduardo Paredes, Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, se opuso al pedido.
La magistrada Leiva, presidenta del tribunal unipersonal encargada de dirigir el proceso, no dió lugar al pedido y aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento.
Para este miércoles se prevé la declaración de al menos seis testigos, entre comerciantes y agentes policiales, principalmente.
Para hoy también está programado que se realice la ronda de alegatos y al culminar se decidirá el momento del dictado de sentencia.
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