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Ya rige el límite a la plantación de yerba: pueden agregarse hasta 5 hectáreas

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Con la Resolución 170/2021, aprobada el año pasado pero vigente desde el inicio de este, quedó establecido que en la plantación, el productor puede incorporar hasta 5 hectáreas del cultivo cada temporada.

Desde esta semana, está vigente la Resolución 170/2021 que fue presentada en junio del año pasado por el Instituto Nacional de la Yerba Mate y fue aprobada, en agosto, con la firma del por entonces ministro de Agricultura, Luis Basterra.

“La medida favorece el arraigo de los pequeños productores, fomentando un sistema productivo más amplio y democrático”, decía ex-ministro.

La iniciativa, principalmente, pone límites a la cantidad de nuevas hectáreas de yerba mate que se pueden incorporar cada temporada, indica un informe de Infocampo.

Esta semana, el Instituto avisó, a todos los productores inscriptos en sus registros que podrán incorporar, efectivamente, hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones, implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales declarados y reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado.

En su momento, la Cámara de Molineros de Yerba Mate Zona Productora, por medio de un comunicado, había manifestado “su profundo malestar con la presidencia del INYM ante la aprobación intespectiva, sin consulta previa, ni debate, que dispone la prohibición de nuevas plantaciones de yerba mate, mediante conclusiones irracionales y sin haber permitido al sector industrial verificar la veracidad de la información utilizada como base para la determinación en cuestión”.

Entonces, de acuerdo la norma, todo operador inscripto como “productor”, interesado en realizar nuevas plantaciones, deberá cumplimentar con los siguientes requisitos:

  • Estar inscriptos en el Registro de Operadores de Sector Yerbatero en la categoría “productor”.
  • Solicitar al INYM la autorización para realizar una nueva plantación de yerba mate, o replante, en su caso, informando la superficie a implantar, con una anticipación mínima de 30 días.
  • Indicar el punto GPS de la nueva plantación o replante.
  • Presentar ante el Instituto la autorización de ingreso de los funcionarios a la propiedad en la que se realizará la nueva plantación o el replante.
  • Cabe recordar que de incumplir la norma también advirtieron que se esperan sanciones y multas que se aplicarán a los operadores.

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Inflación de febrero fue de 2,9%: los mayores aumentos fueron en agua y luz

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inflación febrero

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de febrero igualó el registro del mes pasado con 2,9% y los precios acumulan un aumento de 5,9% en lo que va del año.

Según el organismo, la división con mayor incremento en febrero fue la de Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 6,8%; seguido por Alimentos y bebidas no alcohólicas con 3,3%, al igual que Bienes y servicios varios.

En contrapartida, no se registró modificaciones en la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, mientras que Bebidas alcohólicas experimentó aumentos de apenas 0,6%.

En cuanto al análisis de los aumentos por región, el índice nacional se ubicó por encima de lo registrado en Gran Buenos Aires (2,6%) y por debajo del Noereste (3,1%).

Inflación de enero fue de 2,9% y la suba de alimentos fue del 4,7% en el mes

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.

Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.

Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.

Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.

En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.

El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.

Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.

La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.

La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor

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Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento

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La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.

Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.

De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.

En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.

En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.

Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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