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Sobreseyeron a Pablo, el joven acusado por los rugbiers del crimen de Fernando, en Gesell

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No fue identificado por los testigos. También aportó un video que lo mostraba en Zárate la noche del asesinato. Su abogado adelantó que iniciarán una demanda civil contra los imputados que los señalaron.

BUENOS AIRES (Agencias y diarios). Pablo Ventura, el joven de Zárate acusado por los rugbiers del crimen de Fernando Báez Sosa, fue sobreseído tras un pedido de su defensor y de la fiscal de la causa. Había sido el último en ser imputado y estuvo cuatro días detenido.

La fiscal Verónica Zamboni había presentado el viernes un dictamen ante el juez de garantías David Mancinelli en el que le solicitó el sobreseimiento definitivo del remero de 21 años porque se demostró que no participó del hecho.

Ventura no fue identificado en ninguna de las ruedas de reconocimiento y fue el único de los imputados en recuperar la libertad. Durante la etapa de instrucción, su defensa aportó una filmación del restaurante “La Querencia” de Zárate de la noche del viernes 17 de enero, que registra el ingreso de Ventura junto a sus padres para cenar y su salida cerca de la medianoche, pocas horas antes del crimen de Báez Sosa frente al boliche Le Brique, en Villa Gesell. Además, dos amigos testificaron que el sábado a la madrugada estuvieron con él.

Jorge Santoro, abogado defensor de Ventura, confirmó el sobreseimiento: “Pablo está definitivamente fuera de esta causa”, dijo en TN. Por otro lado, el letrado adelantó que harán una demanda civil contra los otros diez imputados por “daños y perjuicios” dado que lo acusaron injustamente.

Pablo había sido liberado el martes 21 de enero, pero recuperó su libertad con una falta de mérito, lo que implica que por el momento no había elementos para acusarlo pero que iba a seguir bajo investigación.

Su único vínculo con la causa fue la declaración de los rugbiers, quienes al momento de ser detenidos aseguraron que él era el dueño de una de las zapatillas manchadas con sangre que se secuestraron en la vivienda. A eso se sumó que una vecina declaró que un rato antes había salido de esa vivienda un auto blanco y Ventura tiene un Peugeot 208 color blanco. Por eso, en un primero momento los investigadores pensaron que podría haber intentado fugarse tras participar del crimen.

Acusados y otro agravante

Ahora, la causa continúa con diez imputados: Matías Franco Benicelli (20), Ayrton Michael Viollaz (20), Máximo Pablo Thomsen (20), Luciano Pertossi (18), Lucas Fidel Pertossi (20), Alejo Milanesi (20), Tomás Enzo Comelli (19), Juan Pedro Guarino (19), Ciro Pertossi (19) y Blas Sinalli (18). Si bien Alejo Milanesi fue el único que no fue reconocido por los testigos, fuentes de la investigación revelaron que presentaba heridas en los brazos y manos compatibles con una pelea. Los resultados de los estudios de ADN demorarán un mínimo de 15 días, pero podrían terminar de determinar cuál fue su rol aquella noche.

Este martes, Fabián Amendola, quien encabeza junto a Fernando Burlando la representación de los padres de Báez Sosa, aseguró que pedirán que se sume el agravante de “homicidio por placer” a la acusación.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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