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Se aprobó el etiquetado frontal de alimentos y entrará en vigencia en 6 meses

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Etiquetado Frontal de Alimentos

Anoche, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el proyecto de etiquetado frontal de alimentos, ideado para advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.

La iniciativa fue aprobada con 200 votos positivos; 22 negativos y 16 abstenciones. El debate comenzó pasadas las 16 y su análisis se agotó pasadas las 23, tras la intervención de más de 70 diputados en marco de la primera reunión presencial tras la pandemia.

El proyecto advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz. Aunque falta la aprobación en senadores, todo indica que en 180 días será obligatorio para las empresas colocar el etiquetado en sus productos.

Principales objetivos de la ley:

  • Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
  • Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, “Exceso en grasas totales”, y/o “Exceso en calorías”.
  • En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”.
  • En caso de contener cafeína, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.
  • El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
  • El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
  • No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
  • Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
  • Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
  • Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
  • Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.
  • Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
  • Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
  • Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito de productos con octógonos.
  • El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
  • El Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.
  • Se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.

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La CGT convocó a movilizarse el miércoles contra la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) descartó convocar a un paro general y llamó a una movilización frente al Congreso el miércoles, cuando el Senado debata la reforma laboral que desvela al gobierno de Javier Milei.

La decisión se tomó este mediodía en una reunión de la cúpula cegetista, en la sede de la central obrera en el centro porteño, donde prevaleció la convocatoria a la movilización y se descartaron las propuestas de acoplar a la marcha un paro de 12 horas para favorecer la asistencia de los manifestantes, de los sindicatos del transporte de la CATT, y la de un paro de 48 horas, como planteó Sebastián Maturano, de La Fraternidad.

Según el portal de noticias Infobae, “las propuestas de hacer paros no lograron suficiente consenso en la conducción de la CGT, donde predomina el sector dialoguista, que sigue negociando en varios frentes para introducir cambios en la reforma laboral”.

“Esta lucha no termina porque después del Senado tiene que ir a Diputados; si se llega a aprobar esta ley en general, esperamos que en el tratamiento de artículo por artículo haya muchas modificaciones que respeten los derechos del movimiento sindical”, dijo Andrés Rodríguez, de UPCN, a los periodistas que esperaron la salida de los sindicalistas de la reunión.

“Nosotros pretendemos prácticamente neutralizar todo aquel artículo que atente contra los derechos del trabajo”, afirmó.

Por su parte, Gerardo Martínez, de la Uocra, (UOCRA) afirmó que la estrategia consiste en “seguir dialogando con todos los sectores que puedan influir en el rechazo a esta reforma que atenta contra los derechos individuales y colectivos de los trabajadores”. Y si ese camino no prospera, advirtió que “recurriremos a la justicia para solicitar el rechazo de aquellos artículos que sean inconstitucionales”.

De la reunión, participaron los cotitulares de la central obrera, Octavio Argüello (Camioneros), Jorge Sola (Seguro) y Cristian Jerónimo (empleados del vidrio); Andrés Rodríguez (UPCN), Gerardo Martínez (Uocra), Hugo Moyano (Camioneros), Osvaldo Lobato (UOM), Héctor Daer (Sanidad), Sergio Romero (UDA), José Luis Lingeri (Obras Sanitarias), Juan Carlos Schmid (Dragado y Balizamiento), Sergio Palazzo (bancarios), Sebastián Maturano (La Fraternidad) y Horacio Calculli (aeronavegantes), entre otros.

Nuevo texto

El Senado tiene previsto tratar el miércoles el proyecto de reforma que el oficialismo tituló Ley de Modernización Laboral y cuyo apoyo negocia a contrarreloj con las bancadas dialoguistas y los gobernadores.

Según dejaron trascender periodistas acreditados en el Senado, el nuevo texto del proyecto incluye una fórmula para conformar a los gobernadores por la baja de impuestos que supone la ley, y posterga para más adelante la reducción de alícuotas de impuestos, como Ganancias para grandes empresas, que afectarán la masa de recursos coparticipables que reciben las provincias.

A la CGT le concederían dos de los puntos que reclama modificar: dejarían a salvo las cuotas solidarias para los sindicatos y se eliminaría el artículo 161, que recorta la contribución patronal destinada a las obras sociales del 6% al 5%, y que, según los sindicalistas, implica en los hechos un desfinanciamiento directo del sistema de salud administrado por los gremios.

La conducción de la CGT se reunió este viernes en la sede porteña de la central obrera.

 

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Reglamentan ley de Emergencia en Discapacidad: nuevo régimen de pensiones

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Personas con discapacidad serán geolocalizadas para acceder a terapias

El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, donde se detallan los criterios de acceso y las condiciones de permanencia.

Este miércoles fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 84/2026, con la firma del presidente Javier Milei. La medida responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.

La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes. 

De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.

La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, este 3 de febrero de 2026.

Los detalles

El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. A su vez, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.

El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas. 

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias. 

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Renunció director del Indec a días del nuevo método para medir la inflación

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Una semana antes de que se conozca el índice de inflación de enero, calculado con el nuevo IPC del Indec, este lunes se conoció la renuncia del director del organismo estadístico, Marcos Lavagna, el único funcionario nombrado durante el gobierno de Alberto Fernández que sobrevivía en la Era Milei.

Según la prensa porteña, la salida de Lavagna “sorprendió a la Casa Rosada” y se produjo horas después de conocerse el Informe de Política Monetaria del Banco Central, donde se afirma que de haberse aplicado antes la nueva tabla del IPC, los indicadores de inflación hubiesen sido más altos.

El índice de inflación de enero es el primero en medirse con los parámetros del nuevo IPC, que se supone tiene ponderadores más acordes a los consumos actuales de los argentinos, y que estaba listo desde hace meses, pero Lavagna lo demoró para que no interfiriera en el año electoral.

El Informe de Política Monetaria del BCRA sostiene que con el nuevo IPC la inflación de los dos años de Miei hubiese sido más alta, por la suba de los servicios públicos, que recién a partir de ahora tendrán más peso en la canasta del Indec.

“Al lanzar el nuevo IPC en 2026, luego de una importante recomposición de tarifas, el Indec reduce el problema que podría haberse generado en años recientes de sobreponderar el gasto en electricidad y gas; lo que habría sucedido si se aplicaban pesos correspondientes a un año en el que las tarifas se encontraban en niveles récord (2018) a un año en el que estaban en niveles mínimos (por ejemplo, 2023)”, dice el informe del Central.

“Resulta que la corrección tarifaria iniciada en 2024 permitió aproximar parcialmente el ponderador implícito de electricidad, gas y otros en el IPC anterior (4,1%) al nuevo ponderador surgido de la ENGHo 2017/18 (5,3%)”, explica el documento.

Según detalla Clarín, en 2024 los bienes aumentaron un 96,3% y los servicios 189%, mientras que en 2025 los bienes subieron 26,5% y los servicios 43,1%, por lo que, con el nuevo IPC, el dato de inflación hubiese dado bastante más por arriba, un desfasaje que los gremios ubican en 15 puntos.

El propio BCRA dice ahora que “las actualizaciones de las tarifas de los servicios públicos, los mecanismos indexatorios en alquileres y expensas, y la evolución de los salarios tenderán a impactar relativamente más en el nuevo IPC”.

 

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