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Se aprobó el etiquetado frontal de alimentos y entrará en vigencia en 6 meses

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Etiquetado Frontal de Alimentos

Anoche, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el proyecto de etiquetado frontal de alimentos, ideado para advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.

La iniciativa fue aprobada con 200 votos positivos; 22 negativos y 16 abstenciones. El debate comenzó pasadas las 16 y su análisis se agotó pasadas las 23, tras la intervención de más de 70 diputados en marco de la primera reunión presencial tras la pandemia.

El proyecto advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz. Aunque falta la aprobación en senadores, todo indica que en 180 días será obligatorio para las empresas colocar el etiquetado en sus productos.

Principales objetivos de la ley:

  • Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
  • Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, “Exceso en grasas totales”, y/o “Exceso en calorías”.
  • En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”.
  • En caso de contener cafeína, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.
  • El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
  • El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
  • No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
  • Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
  • Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
  • Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
  • Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.
  • Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
  • Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
  • Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito de productos con octógonos.
  • El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
  • El Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.
  • Se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.

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La inflación de julio fue del 2,1% y acumula 19,3% en lo que va del año

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La inflación de julio fue del 2,1% y acumula 19,3% en lo que va del año

Según informó este jueves el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), la inflación durante julio fue del 2,1%, lo que representó una aceleración de 0,2 puntos porcentuales respecto de junio, cuando había sido del 1,9%.

En el acumulado de los primeros siete meses del año, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró una variación del 19,3%, mientras que en la comparación interanual alcanzó el 33,8%, de acuerdo con los datos difundidos por el organismo nacional.

Por divisiones, Recreación y cultura tuvo el mayor incremento del mes, con una suba del 5%, impulsada principalmente por el aumento en paquetes turísticos y servicios culturales. Le siguieron Restaurantes y hoteles, con un alza del 2,8%, y Salud, que registró una variación del 2,5%.

En tanto, las menores variaciones se observaron en Prendas de vestir y calzado, con una caída del 1,3%, y Bebidas alcohólicas y tabaco, que aumentó 1,5%.

El organismo señaló además que, dentro del IPC Núcleo, los precios avanzaron 0,8%, mientras que los Estacionales subieron 4,5% y los Regulados registraron un incremento del 2,1%.

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Milei autorizó expulsar a extranjeros que inciten al odio contra la Argentina

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El gobierno nacional publicó esta medianoche un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el que remarcó que expulsará o prohibirá el ingreso al país de aquellos extranjeros que “incitaren o dirigieran mensajes de odio, discriminación y o violencia  contra el pueblo argentino” o directamente “ultrajen los símbolos patrios”.

La medida, que lleva la firma del presidente Javier Milei, fue difundida por la Oficina del Presidente de la República Argentina (Opra) y es en respuesta “a las recientes manifestaciones de hostilidad” contra el país.

“La Oficina del Presidente informa que el presidente Javier G. Milei ha firmado un Decreto de Necesidad y Urgencia que incorpora como causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a todo extranjero que dirigiere o incitare mensajes de odio, discriminación y/o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por razón de su nacionalidad, así como el ultraje a los símbolos patrios”, indicó el DNU en su comienzo.

Y remarcó: “Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad  contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”.

Los ataques a los que se refiere Milei se intensificaron a través de las redes sociales y otros espacios en el marco del último Mundial de fútbol disputado en los Estados Unidos, México y Canadá.

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El misionero Javier Lanari es el nuevo director del Banco Nación

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El misionero Javier Lanari fue designado por el gobierno nacional como nuevo director del Banco de la Nación Argentina (BNA). La medida, que oficializa el nombramiento del exsecretario de Comunicación y Prensa, fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

Mediante el Decreto 618/2026, el gobierno del presidente Javier Milei aceptó la renuncia de Gonzalo Pascual como director de la entidad bancaria y, en su reemplazo, designó al misionero Javier Lanari, quien fue uno de los principales colaboradores del ex vocero presidencial y exj efe de Gabinete, Manuel Adorni.

Lanari ejercerá sus funciones con efecto retroactivo al 25 de junio de 2026 y completará el período de ley que culmina el 4 de febrero de 2028, según el documento oficial.

La norma, que oficializó su nombramiento tras la renuncia de Pascual, fue firmada por el presidente Milei y el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo.

Lanari, oriundo de Posadas, fue una de las figuras dentro del esquema comunicacional libertario y de diciembre de 2025 a junio de 2026 se desempeñó como titular de la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Nación.

Adorni anunció la salida del misionero Lanari como Secretario de Comunicación

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