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Rechazan amparo de ONG “provida” y restablecen protocolo de aborto no punible

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CÓRDOBA. El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba restableció la vigencia del protocolo de aborto no punible -que se aplica en los casos de Interrupción Legal del Embarazo (ILE)- que había sido suspendido a días de entrar en vigencia en 2012 por una acción de amparo interpuesta por una ONG religiosa.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó la acción de amparo presentada por la ONG Portal de Belén y confirmó la vigencia del protocolo para la atención de abortos no punibles en los hospitales provinciales. El protocolo ILE, que se aplica en los casos de violación o de peligro de vida para la mujer, fue confirmado en tercera instancia por el máximo tribunal cordobés por cuatro votos contra tres.

El 30 de marzo de 2012 la provincia aprobó la “Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible”. La fundación católica interpuso un amparo para que no se cumpla el protocolo. La Cámara de Apelaciones en lo Civil de la provincia declaró la inconstitucionalidad del protocolo y dictó una cautelar para suspender su aplicación en todos los hospitales provinciales de Córdoba.

Ante esto, el Gobierno provincial y la Asociación Civil por el Derecho a Decidir presentaron un recurso ante Casación: el Tribunal revirtió el fallo anterior pero mantuvo la vigencia de la cautelar. El fallo luego llegó al Tribunal Superior de Justicia. Ahora finalmente el Tribunal hizo lugar al recurso de casación y revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones que había declarado inconstitucional el protocolo al entender que al no haber un caso concreto para expedirse no corresponde conceder una acción de amparo para frenar el protocolo.

“La demandante, la ONG Portal de Belén, busca que ninguna mujer y en ningún caso -incluso cuando la continuación de su embarazo resulte en su muerte- pueda acceder a una práctica de manera segura, a pesar de estar autorizada por ley”, explicaban integrantes de la Campaña por el Aborto Legal, que convocaron a un pañuelazo frente a tribunales para esperar la sentencia.

En Argentina el aborto es legal por dos causales desde la sanción del Código Penal de 1921: en casos de violación o cuando está en riesgo la salud o la vida de la persona gestante. En el fallo F.A.L la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció en 2012 que todos los centros de salud públicos están obligados a garantizar el derecho al aborto legal sin necesidad de una denuncia penal ni de la autorización de un juez.

https://www.lavozdemisiones.com/2018/09/11/tiene-11-anos-fue-violada-por-un-amigo-de-la-familia-y-tendra-un-aborto-legal/

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Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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Milei suspendió ejecución de las leyes Garahan y financiamiento universitario

El presidente Javier Milei promulgó las leyes de Emergencia Pediátrica (Garrahan) y de Financiamiento Universitario y suspendió su ejecución hasta tanto el Honorable Congreso de la Nación “determine las fuentes de su financiamiento”.

Tal como ocurrió con la Emergencia en Discapacidad, el gobierno nacional decidió suspender la aplicación de las legislaciones y las devolvió al Congreso para que los legisladores asignen fondos específicos en el presupuesto nacional del 2026.

La Ley 27.795 establece un nuevo régimen de financiamiento para las casas de estudios públicas del país, como también la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley 27.796 declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en Argentina por un año.

En el Boletín Oficial de la Nación de este martes, ambas legislaciones fueron promulgadas y suspendidas en su aplicación, al igual que sucedió hace un mes con la ley de Emergencia en Discapacidad.

En ambos decretos, el gobierno enfatiza que el Congreso de la Nación no especificó de manera fehaciente la fuente de financiamiento para las erogaciones que implican las leyes, incumpliendo lo dispuesto por la Ley 24.156.

Cabe recordar que el 4 septiembre, el presidente Javier Milei había vetado las leyes de Emergencia Pediátrica y Financiamiento Universitario argumentando que generaban un desequilibrio fiscal que atentaba contra la estabilidad macroeconómica.

Los vetos del presidente fueron rechazados por las dos Cámaras del Congreso de la Nación y por ello el Ejecutivo decidió ahora postergar la aplicación de las legislaciones.

La marcha universitaria llenó calles en Posadas, Oberá y Eldorado

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La inflación fue de 2,1% en septiembre y acumula 22% en lo que va del año

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El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que la inflación correspondiente al noveno mes del año fue 2,1%, cifra sobre la que se pudo observar un leve aumento respecto a lo registrado en agosto, cuando fue de 1,9%.

De esta manera, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumuló un alza del 22% en los primeros nueve meses del año, y de 31,8% en el balance interanual.

El incremento estuvo motorizado por las divisiones de Vivienda, agua, electricidad, gas, otros combustibles y educación (3,1%) y Transporte con 3%.

Un escalón por debajo Salud con 2,3%; luego Comunicación con 2,2% y Bienes y servicios varios con 2,1%. El resto de los rubros quedaron por debajo del nivel general, Alimentos y bebidas no alcohólicas -de mayor incidencia- con 1,9%.

Del lado opuesto, los que menos subieron fueron Recreación y cultura con 1,3% y Restaurantes y hoteles, con apenas un 1,1%, lo que podría indicar una retracción en el consumo en ese sector. A este último apartado se sumaron Recreación y cultura (1,3%) y Restaurantes y hoteles (1,1%).

Sin embargo, la inflación tuvo diferencias considerables por regiones. En la Patagonia el alza de precios fue de 2,4%, seguida por Noroeste y Cuyo con 2,2%. Luego Gran Buenos Aires (GBA) se mantuvo en el nivel general y la Pampeana por debajo con 2% y Noreste en 1,8%. 

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La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año

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Inflación de junio fue de 6% y en el primer semestre acumuló 50,7%

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.

Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.

En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).

Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.

A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).

Repercusiones

Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.

Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.

La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

 

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