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Por la inseguridad, los moticiclistas deberán usar chaleco identificatorio

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El gobierno nacional oficializó los cambios a la Ley Nacional de Tránsito con los que busca profundizar los controles a motociclistas y combatir la inseguridad, modificaciones que comenzarán a regir el próximo 15 de junio.

Las medidas, anunciadas la semana pasada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, obliga a quienes conducen una moto a tener impresa en el casco la patente del vehículo, y a los acompañantes, a llevar un chaleco reflector con la identificación del dominio tanto en el frente como en el dorso.

“Que la masividad del uso de motovehículos a lo largo del territorio de la Nación, y más allá de la comodidad que proporciona este medio de locomoción, su accesible adquisición y su economicidad, ha facilitado de modo paralelo la concreción de hechos delictivos en la vía pública, altamente reprochables por la sociedad”, expresa el Decreto 171/2017, publicado en el Boletín Oficial.

Esta medida ya había fracaso en el pasado. En 2010, los legisladores sancionaron una normativa que impedía la circulación de más de una persona en una moto en el microcentro durante el horario bancario.

“De igual forma, se propone que en el resto de la Ciudad los acompañantes lleven un chaleco reflectante con el dominio de la moto impreso al dorso del chaleco”, agregaba esa norma.

Según la nueva norma, la identificación dominial será adherida en los laterales derecho e izquierdo del casco reglamentario, debiendo ser indeleble e inviolable.

El chaleco del acompañante, en tanto, deberá ser de color amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja en el fondo y tendrá por lo menos dos bandas blancas reflectantes horizontales en la parte superior anterior y posterior de cinco centímetros de ancho y con una separación entre ellas de 14 centímetros, en medio de las cuales llevará impreso en letras y números blancos reflectantes el número de dominio del vehículo. La norma establece también que en caso de que el acompañante no use chaleco reflectante, “deberá vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, además de llevar adherido o impreso en forma legible el dominio del vehículo que ocupa”.

Asimismo, los motociclistas estarán obligados a portar el casco y en su caso, el chaleco con identificación, “al momento del ingreso, egreso y circulación por el interior de las estaciones de servicios, siendo su uso obligatorio a los fines de la carga de combustible”. “Resulta sumamente importante destacar que en la mayoría de los casos se produce la impunidad del delito, debido a la dificultad que se suscita para identificar y aprehender a los delincuentes al momento del atraco ya que, muchas veces, no pueden ser identificados por sus víctimas porque el casco, de uso obligatorio, oculta el rostro del agresor”, añade el decreto entre sus argumentos.

Los cambios a la Ley Nacional de Tránsito comenzarán a regir el próximo 15 de junio, fecha hasta la cual los motociclistas tendrán tiempo para adecuarse a las nuevas normas.

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La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año

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Inflación de junio fue de 6% y en el primer semestre acumuló 50,7%

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.

Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.

En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).

Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.

A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).

Repercusiones

Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.

Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.

La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

 

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Milei restituyó las normas que rigen el funcionamiento de Vialidad, Inta e Inti

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Milei Vialidad

Luego del rechazo de legisladores a cinco decretos delegados, la gestión de Javier Milei restituyó las normas que rigen el funcionamiento de entes públicos como Vialidad Nacional, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta), entidades culturales, la actividad en distintos sectores de la economía y su intento por limitar el derecho a huelga.

Las modificaciones habían sido puestas en marcha por cinco decretos delegados y frenadas posteriormente por las cámaras de Diputados y el Senado a fines de agosto.

Finalmente, este miércoles fueron publicados los DNU 627 y 628 en el Boletín Oficial, los cuales sostienen: “Restitúyese la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos Nros. 345/25, 351/25, 461/25 y 462/25 y que se encontraban vigentes al momento del dictado de cada uno de los mencionados decretos”.

Al mismo tiempo fueron restituidas “las disposiciones normativas derogadas, sustituidas o modificadas por los Decretos Nros. 531 del 1° de agosto de 2025, 571 del 11 de agosto y los 583, 584 y 585, del 14 de agosto”.

Cabe recordar que los decretos delegados, que fueron rechazados por el Congreso, implicaban cambios en el régimen laboral de la Marina Mercante y restringía el derecho a huelga en numerosos sectores de la economía considerados esenciales o estratégicos; la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos; la disolución de Vialidad Nacional; la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo; así como una serie de modificaciones en el Inti, Inta y entidades culturales.

Desde el gobierno justificaron la restitución sosteniendo que la finalidad es “no comprometer la continuidad operativa de la Administración Pública Nacional y salvaguardar los principios de buena administración, juridicidad, buena fe y simplificación administrativa”.

Decretos sin efecto

El decreto 462/2025 establecía que el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (Inti) se convirtieran en unidades organizativas dependientes de la Agricultura y de Industria y Comercio, respectivamente. En concreto, modificaba sus funciones.

Con el decreto 587, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta) pasó a depender de la secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Mientras que con el decreto 371, el Gobierno eliminó la Dirección Nacional del organismo.

A través del decreto 461/2025, el Ejecutivo disolvía la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial.

El Gobierno desreguló el transporte marítimo a través del decreto 340 y habilitaba a buques y tripulaciones extranjeras en el cabotaje nacional. Implicaba la pérdida de la exclusividad de la Marina Mercante y restringía el derecho a huelga en numerosos sectores económicos.

El decreto 351 ordenaba la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), de un organismo descentralizado a uno desconcentrado. Había pasado a depender de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología.

La fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyeano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas. Estaba dispuesto en el decreto 345/25.

La reconversión del Inti pone en riesgo 2400 puestos de trabajo en el país

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La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

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La inflación de julio fue del 4%: la más baja desde enero del 2022

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer el dato de inflación de julio, el cual se ubicó en 1,9% y acumuló un 36,6% en los últimos doce meses. Mientras que, en lo que va del año suma un 17,3%.

Este resultado da cuenta de que hubo un leve incremento respecto al mes de junio, cuando la inflación mensual se ubicó en 1,6%.

El rubro que registró el mayor aumento fue Recreación y cultura (4,8%), seguida de Transporte (2,8%) y Restaurantes y Hoteles (2,8%). Por su parte, la división Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentó 1,9%, a la par del promedio de la inflación general.

Las dos divisiones con las menores variaciones de julio fueron Bebidas alcohólicas y tabaco (0,6%) y Prendas de vestir y calzado, que registró una caída de precios (-0,9%).

Las consultoras esperaban que el valor se mantuviera por debajo del 2%, al igual que los dos meses previos.

Por su parte, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central, que aglomera las proyecciones de más de 40 instituciones, había estimado a la inflación de julio 2025 en 1,8% en promedio.

Días atrás las mediciones privadas anticipaban que la suba de casi 14% del dólar en julio no impactaría tanto sobre la inflación, lo que puede contrastarse con el mes anterior, cuando la inflación fue del 1,6%, apenas por encima del 1,5% del mayo, hasta ahora la menor de los últimos cinco años.

La inflación fue de 1,6% en junio y acumula 15,1% en el año

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