Nacionales
La Justicia laboral volteó la reducción de las indemnizaciones por accidentes

Fueron dos fallos simultáneos de distintos jueces. Uno dijo que los funcionarios que escribieron en DNU “son incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil-Parte General”. Otro, que la norma es inconstitucional.
BUENOS AIRES (Diarios y agencias). La justicia laboral volteó, este martes y con dos fallos, el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Mauricio Macri que bajó las indemnizaciones por accidentes laborales.
Si bien desde el principio se advirtió que el DNU de Macri era inconstitucional y que el primer juez del fuero laboral que tuviera que resolver al respecto, lo rechazaría, pocos esperaban un doble fallo en el mismo sentido.
El juez Fernando Vilarulo hizo lugar a una medida cautelar solicitada por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y suspendió la aplicación del decreto 669 publicado hace diez días en el Boletín Oficial, cuando entraba formalmente en vigencia.
En el dictamen el magistrado sostuvo que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas vedadas por la Constitución y consideró que los argumentos carecían de razonabilidad y justificación para eludir la intervención del Congreso.
En tanto, el juez subrogante Alejandro Segura declaró inconstitucional el artículo 3 del decreto 669, el que establecía la retroactividad de la medida, calificándolo de “insólito” y “dislate” por el intento de retroactividad y dice que sus efectos son “tenebrosos”.
Además, afirma que los autores del DNU “desconocen los rudimentos del Derecho Civil. De lo contrario no se explica cómo han sido capaces de dictar una norma tan aberrante”, remarca.
Segura intervino en un reclamo del periodista Miguel “Tití” Fernández contra dos ART, a las que condenó a pagar de acuerdo a lo que la ley establecía previo al decreto de Macri.
“El DNU debe ser arrastrado por un imaginario ratón directo a la papelera de reciclaje”, dice el juez, por momentos casi en tono de burla para con los funcionarios nacionales que escribieron la norma, sobre quienes concluye que son “incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General”.
Nacionales
Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

El presidente Javier Milei promulgó las leyes de Emergencia Pediátrica (Garrahan) y de Financiamiento Universitario y suspendió su ejecución hasta tanto el Honorable Congreso de la Nación “determine las fuentes de su financiamiento”.
Tal como ocurrió con la Emergencia en Discapacidad, el gobierno nacional decidió suspender la aplicación de las legislaciones y las devolvió al Congreso para que los legisladores asignen fondos específicos en el presupuesto nacional del 2026.
La Ley 27.795 establece un nuevo régimen de financiamiento para las casas de estudios públicas del país, como también la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley 27.796 declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en Argentina por un año.
En el Boletín Oficial de la Nación de este martes, ambas legislaciones fueron promulgadas y suspendidas en su aplicación, al igual que sucedió hace un mes con la ley de Emergencia en Discapacidad.
En ambos decretos, el gobierno enfatiza que el Congreso de la Nación no especificó de manera fehaciente la fuente de financiamiento para las erogaciones que implican las leyes, incumpliendo lo dispuesto por la Ley 24.156.
Cabe recordar que el 4 septiembre, el presidente Javier Milei había vetado las leyes de Emergencia Pediátrica y Financiamiento Universitario argumentando que generaban un desequilibrio fiscal que atentaba contra la estabilidad macroeconómica.
Los vetos del presidente fueron rechazados por las dos Cámaras del Congreso de la Nación y por ello el Ejecutivo decidió ahora postergar la aplicación de las legislaciones.
La marcha universitaria llenó calles en Posadas, Oberá y Eldorado
Nacionales
La inflación fue de 2,1% en septiembre y acumula 22% en lo que va del año

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que la inflación correspondiente al noveno mes del año fue 2,1%, cifra sobre la que se pudo observar un leve aumento respecto a lo registrado en agosto, cuando fue de 1,9%.
De esta manera, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumuló un alza del 22% en los primeros nueve meses del año, y de 31,8% en el balance interanual.
El incremento estuvo motorizado por las divisiones de Vivienda, agua, electricidad, gas, otros combustibles y educación (3,1%) y Transporte con 3%.
Un escalón por debajo Salud con 2,3%; luego Comunicación con 2,2% y Bienes y servicios varios con 2,1%. El resto de los rubros quedaron por debajo del nivel general, Alimentos y bebidas no alcohólicas -de mayor incidencia- con 1,9%.
Del lado opuesto, los que menos subieron fueron Recreación y cultura con 1,3% y Restaurantes y hoteles, con apenas un 1,1%, lo que podría indicar una retracción en el consumo en ese sector. A este último apartado se sumaron Recreación y cultura (1,3%) y Restaurantes y hoteles (1,1%).
Sin embargo, la inflación tuvo diferencias considerables por regiones. En la Patagonia el alza de precios fue de 2,4%, seguida por Noroeste y Cuyo con 2,2%. Luego Gran Buenos Aires (GBA) se mantuvo en el nivel general y la Pampeana por debajo con 2% y Noreste en 1,8%.
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 2,1% en septiembre de 2025 respecto de agosto y acumularon un alza de 22% en los últimos nueve meses https://t.co/z8pxJaAazE pic.twitter.com/y0Z0iK1oVJ— INDEC Argentina (@INDECArgentina) October 14, 2025
Nacionales
La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.
Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.
En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).
Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.
A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 1,9% en agosto de 2025 respecto de julio y 33,6% interanual. Acumularon un alza de 19,5% en los últimos ocho meses https://t.co/n0T9fC8fSg pic.twitter.com/CsWQYLNyj6— INDEC Argentina (@INDECArgentina) September 10, 2025
Repercusiones
Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.
Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.
La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses
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