Nacionales
La inflación de junio fue de 5,3% y sumó 36,2% en el primer semestre
En lo que va del año, acumula un alza de 36,2% en el primer semestre. La inflación de junio fue de 5,3%, el peor dato para ese mes desde 1990. El incremento en los últimos doce meses alcanza un 64%, la peor variación desde 1992.
En mayo, el índice de inflación del organismo que conduce Marco Lavagna había marcado un 5,1%. El mayor incremento se registró en el rubro Salud, que reflejó un alza de 7,4%, detrás vinieron vivienda, agua, electricidad, gas y otros (6,8%), Bebidas alcohólicas y tabaco (6,7%) y Restaurantes y hoteles (6,2%).
El Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) de junio había pronosticado para ese mes un alza de 5,4%. Para el año, el top ten de analistas consultados por el Banco Central espera una inflación promedio de 79,2%.
En términos interanuales, por encima del promedio de 64% alcanzado en junio se registraron sectores como Prendas de vestir y calzado (83,6%), Restaurantes y hoteles (81,9%), Salud (67,2%) y Alimentos y bebidas no alcohólicas (66,4%).
Nacionales
La inflación de noviembre fue de 2,5% y acumula seis meses en alza
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que la inflación de noviembre fue de 2,5%, cifra que volvió a ubicarse por encima del registro anterior, acumulando seis meses de alza consecutiva.
El informe publicado esta tarde consigna, además, que el balance acumulado en 2025 ascendió a 27,9%, mientras que la variación interanual llegó al 31,4%
Según el Indec, la suba de noviembre fue impulsada por los rubros Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (3,4%), Transporte (3%) y Alimentos y bebidas no alcohólicas (2,8%).
En tanto, las categorías que registraron una menor variación fueron Prendas de vestir y calzado (0,5%) y Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,1%).
El 2,5% registrado en noviembre es el índice mensual más alto que se contabiliza desde abril, cuando los precios tuvieron un aumento promedio de 2,8%.
El valor más bajo del año se observó en mayo el estudio arrojó 1,5% de incremento mensual, fecha a partir de la cual los índices fueron sucesivamente en aumento.
#DatoINDEC
Los precios al consumidor (#IPC) aumentaron 2,5% en noviembre de 2025 respecto de octubre y 31,4% interanual. Acumularon un alza de 27,9% en once meses https://t.co/ffAwYcRnmd pic.twitter.com/9riSreaQQy— INDEC Argentina (@INDECArgentina) December 11, 2025
La inflación fue de 2,3% en octubre y acumula 24,8% en el año
Nacionales
Javier Milei envió el proyecto de reforma laboral al Congreso
El presidente Javier Milei envió este jueves al Congreso el proyecto de ley de Reforma Laboral, que la Casa Rosada pretende aprobar antes del 30 de diciembre, en el marco de las sesiones extraordinarias convocadas por el gobierno.
El proyecto, que según la prensa porteña el presidente firmó a las apuradas al volver de su viaje relámpago a Noruega, introduce cambios sustanciales a la legislación vigente, como vacaciones, horas extras, indemnizaciones, despidos y regímenes especiales, además de introducir cambios en los procedimientos judiciales y laborales.
Banco de horas
El proyecto de ley reemplaza las horas extras por un Banco de Horas, con el argumento de flexibilizar la jornada de trabajo. De esta manera, un empleado puede trabajar más horas durante una o varias jornadas y recompensarlas en otros días, sin cobrar el tiempo extra trabajado.
Si bien, eventualmente, el trabajador podría superar el máximo de horas legales diarias, en ningún caso puede sobrepasarse el límite semanal de 48 horas establecido en el convenio colectivo.
En cuanto a las remuneraciones, el proyecto del gobierno elimina los pagos en cheque y/o en efectivo y establece que los salarios deberán acreditarse en una cuenta bancaria o a través de billeteras virtuales.
Por otro lado, se abre la posibilidad de que el empleador pueda abonar bonos extra a los sueldos que sean transitorios, fijos o variables, considerando para ello el mérito personal del trabajador, entre otros.
Vacaciones
La iniciativa gubernamental, rechazada por las centrales obreras, autoriza a la patronal a pactar las vacaciones fuera del período legal establecido hasta ahora, y recorta de 45 a 30 días la notificación por parte del empleado.
Además, permite fraccionar las vacaciones en tramos no inferiores a siete días, siempre y cuando la empresa no disponga de manera simultánea la licencia anual para la totalidad de los trabajadores del establecimiento, sección o sector.
Despidos
La reforma laboral de Milei, excluye el aguinaldo, las vacaciones y los premios en el cálculo de la indemnización por despido.
A este fin, los empleadores podrán establecer un sistema de cese laboral, que el gobierno ya intentó implementar por DNU y que pretendía que los trabajadores también aportaran de sus salarios para su propio despido.
Las indemnizaciones serán incompatibles con reclamos por daños y perjuicios amparados en la legislación civil y comercial, y cualquier acción en este sentido, o la percepción de algún concepto establecido en un régimen implicará la renuncia a los derechos del otro.
El Fondo de Cese Laboral será una cuenta específica, que no podrá ser embargada por ningún motivo, habilitada por la Comisión Nacional de Valores, y se financiará con una contribución mensual obligatoria del 3% de las remuneraciones que se toman como base para calcular las contribuciones patronales del trabajador.
También, establece un tope para la actualización de las indemnizaciones: inflación + 3% de interés por cada año.
Sindicatos
El proyecto de ley considera infracciones muy graves las protestas sindicales que involucren la toma de una planta, o el bloqueo de los accesos de insumos y personal.
En estos casos, los trabajadores verán descontados de sus salarios el tiempo que dure la medida de fuerza.
Asimismo, las asambleas sindicales “requerirán autorización previa del empleador”, respecto del horario, duración y lugar, cuando estas se realicen en los lugares de trabajo, y dispone que los trabajadores “no devengarán salarios durante el tiempo que dure la asamblea”.
Convenios
La reforma laboral del gobierno faculta al empleador para introducir todos aquellos cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo, en tanto esos cambios no alteren cuestiones esenciales del contrato, ni causen perjuicio material ni moral al trabajador.
En caso de infracciones por parte del empleador, el trabajador puede considerarse despedido sin causa, previa intimación a la patronal. Hasta ahora, los trabajadores también podían reclamar el restablecimiento de las condiciones alteradas por la patronal.
El proyecto elimina la obligación de los empleadores a llevar los datos de sus empleados en un libro especial, registrado y rubricado, y ahora solo bastará con registrarlos en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca).
Además, la reforma del gobierno termina con el concepto de “ultraactividad”, que extendía la vigencia de los contratos colectivos de trabajo hasta la firma de nuevos acuerdos: ahora, la renovación dependerá de la convocatoria de la Secretaría de Trabajo a sindicatos y cámaras empresariales.
Domésticas y deliverys
El proyecto de ley extiende a seis meses el período de prueba para las trabajadoras domésticas, que hasta ahora es de entre 15 y 30 días, dependiendo si es la relación laboral es con o sin retiro.
El empleador podrá cesar laboralmente a la trabajadora durante ese lapso, sin expresión de causa y sin derecho a indemnización.
El proyecto blanquea el vínculo entre plataformas como Uber y Rappi y sus “prestadores independientes”. Garantiza que puedan trabajar en los horarios que deseen, pero no obliga a las empresas a que provean a los trabajadores de elementos de seguridad, ni a que se hagan cargo del mantenimiento de sus medios de movilidad, ni a asistirlos en caso de accidentes laborales.
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Nación cambia el esquema y quitará más subsidios energéticos en 2026
A partir de enero de 2026 el gobierno nacional implementará un esquema único y focalizado de subsidios residenciales en las tarifas de electricidad, gas natural, garrafas (GLP) y gas propano por redes en todo el país, cuya cobertura alcanzará a quienes cumplan criterios de ingresos y habrá cambios en los parámetros de exclusión.
La medida dejará atrás tanto la segmentación por niveles (N1, N2 y N3) como los programas separados, el Programa Hogar y la Tarifa Social de Gas, para establecer un solo régimen simplificado.
De esta manera, desde el primer mes del año próximo sólo existirán dos categorías: hogares que recibirán asistencia estatal y hogares que afrontarán el costo pleno de la energía. El objetivo declarado es “transparentar el precio real del servicio, aumentar la proporción del gasto que asumirán los usuarios y consolidar la disciplina fiscal”.
La Secretaría de Energía abrió este viernes a consulta pública el proyecto, mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, que establece un plazo de quince días hábiles para recibir opiniones y observaciones de la sociedad civil y de los actores del sector.
Los beneficiarios actuales podrán actualizar sus datos mediante declaración jurada si lo requieren. El acceso al subsidio quedará restringido a hogares con ingresos inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT), equivalentes a $3.641.397 mensuales y no podrán acceder quienes posean embarcaciones o propiedades adicionales.
Las personas ya inscriptas en el Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos (RASE) serán migradas automáticamente, con la posibilidad de actualizar su información. En tanto, quienes utilicen gas propano indiluido por redes o garrafas de GLP de 10 kilos, y aún no estén registrados, tendrán que hacerlo a través del sitio oficial www.argentina.gob.ar/subsidios.
Algunos detalles
Actualmente, el subsidio estatal consiste en una bonificación sobre el precio de la energía consumida, que se suma a los cargos de distribución, transporte e impuestos. Este modelo divide a los usuarios en tres niveles según sus ingresos declarados en relación a la CBT publicada por el Indec.
La cobertura para los beneficiarios será del 50% del costo de la energía durante los meses de mayor consumo, con una bonificación menor el resto del año.
En electricidad, los hogares que califiquen recibirán una bonificación base del 50% sobre un bloque de 300 kWh por mes en los períodos de mayor demanda (invierno y verano) y de 150 kWh en meses templados (primavera y otoño).
Para el gas natural por redes, el subsidio estatal cubrirá la mitad del precio solo entre abril y septiembre, meses considerados de elevada demanda, sin bonificación para el resto del año. El bloque subsidiado de gas natural se definirá según región, manteniendo los criterios de necesidades estacionales vigentes.
En el caso de los usuarios de garrafas y gas propano, se prevé un subsidio directo transferido a través de billeteras virtuales. Los que ya perciben el Programa Hogar —alrededor de 3,3 millones de familias— serán migrados automáticamente al nuevo régimen y mantendrán la protección estatal, con reglas más claras y uniformes.
Además, quienes utilicen gas propano indiluido por redes y aún no estén inscriptos podrán anotarse a partir de enero en el sitio oficial.
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