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Imputaron a Javier Milei y Ramiro Marra por la corrida del dólar

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javier milei

El fiscal federal Franco Picardi imputó este viernes al candidato a presidente de La Libertad Avanza, Javier Milei, y al postulante a Jefe de Gobierno porteño, Ramiro Marra, tras la denuncia del presidente Alberto Fernández, a raíz de las declaraciones que ambos hicieron y que habrían provocado una corrida del dólar.

Además, el funcionario judicial imputó al dirigente del espacio Agustín Romo, en la causa que impulsó ante la jueza María Servini.

En una denuncia presentada por el abogado José Manuel Ubeira, el presidente denunció esta semana a Javier Milei, Marra y Romo, por recomendar a la ciudadanía a no ahorrar en pesos, alentar la compra de dólares y, en el caso del máximo referente de La Libertad Avanza, por definir al peso como “excremento”.

En la denuncia se consideró que los hechos a investigar “constituyen una afrenta severa al sistema democrático que nos rige como país, redundando entonces en una gravedad institucional inusitada para la República”.

“Como consecuencia directa e inexorable de ese grupo de manifestaciones públicas y masivas, y del temor consecuente, el valor de dicha moneda extranjera (el dólar) para el mercado paralelo ascendió estrepitosamente y en menos de un día, desde los ochocientos setenta ($870) hasta los mil diez pesos ($1.010)”, decía el texto presentado ante la Justicia por el jefe de Estado.

En el requerimiento de instrucción, el fiscal Picardi invocó distintos pasajes de la denuncia en los que se enumeraban las expresiones de los denunciados.

“Jamás en pesos, jamás en pesos. El peso es la moneda que emite el político argentino, por ende no puede valer ni excremento, porque esas basuras no sirven ni para abono”, dijo Milei en un reportaje radial en el que le preguntaron que haría si le venciera en estos días un plazo fijo en pesos.

La denuncia también mencionó que “luego de ello, el 10 de octubre por la mañana el legislador y candidato a jefe de Gobierno Marra publicó en su cuenta personal verificada de la red social Twitter lo siguiente: ‘Hoy más que nunca: No ahorres en pesos. Cuidá tu dinero, te costó mucho ganarlo’”.

Además, se puntualizó que “instantes después de la publicación de Marra, el candidato a diputado provincial por el distrito Buenos Aires, Agustín Romo publicó en la misma red social lo siguiente: ‘Los cínicos cómplices de los políticos te van a decir que no tenés que comprar dólares. Tenés que hacer todo lo contrario. Estos degenerados fiscales van a licuarte todo tu sueldo porque no les importa nada’”.

Al impulsar la investigación, Picardi solicitó como primera medida que “se obtengan e incorporen al legajo digital las declaraciones sindicadas en la denuncia”.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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