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Héroes de Malvinas no pagarán más peajes en rutas nacionales

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Malvinas

Lo ex combatientes de Malvinas que hayan tenido participación en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 deberán realizar un único trámite de manera gratuita y no abonarán más peajes a lo largo y ancho del país.

Quedarán exentos del pago de la tarifa de peaje en las estaciones pertenecientes a la Red Vial Nacional Concesionada. La medida, que regirá desde este viernes 8 de abril, fue dispuesta por el Ministerio de Obras Públicas, a través de Vialidad Nacional, mediante la resolución 430/2022.

Alcanza a ex soldados conscriptos y civiles que participaron en las acciones bélicas que tuvieron lugar entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.) y quienes entraron en efectivas acciones de combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S.) dentro de la zona de exclusión de las 200 millas náuticas alrededor de las Islas Malvinas, así como también a quienes fueron afectados al Crucero «ARA General Belgrano» hasta el 2 de mayo de 1982.

La exención del pago de peajes es un reclamo histórico de los veteranos y veteranas de Malvinas, y un derecho que es reparado dentro del 90° aniversario de la creación de Vialidad Nacional. Además, se enmarca dentro de la Agenda Malvinas-40 años, que el presidente Alberto Fernández lanzó a finales de 2021 con el objetivo de elaborar acciones de reconocimiento y homenaje tanto a ex combatientes como a caídos durante el conflicto del Atlántico Sur y sus familiares.

En este sentido, una de las primeras disposiciones fue declarar, mediante el Decreto 17/2022 del Poder Ejecutivo Nacional, al año 2022 como de homenaje del pueblo argentino a las personas caídas, así como a sus familiares y a los veteranos y las veteranas en el conflicto bélico, además difundir y concientizar acerca de los derechos soberanos argentinos.

Asimismo, cabe destacar que la nueva medida es llevada a cabo no solo con el objetivo de homenajear a nuestros veteranos y veteranas haciendo lugar a su reclamo, sino también con el propósito de garantizar la accesibilidad, la continuidad y la calidad del servicio prestado a quienes utilizan la red de peajes, siempre en miras de mejorar la seguridad vial de la traza.

Forma de instrumentación

La exención se tramitará ante el Centro de Atención al Usuario de Vialidad Nacional. Las personas beneficiarias podrán iniciar el proceso mediante el envío de un formulario que se encontrará disponible en el sitio web del organismo mencionado, a fin de facilitar la accesibilidad para realizar el trámite desde cualquier lugar del país.

Para ello, la persona usuaria beneficiaria deberá vincular un único vehículo en el que se traslade o sea trasladada. El mismo no podrá ser de uso comercial y deberá ser de hasta dos ejes y 2,30 metros de altura, sin rueda doble.

 

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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