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Familiares de marinos del ARA San Juan anunciaron que apelarán fallo a favor de Macri

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Macri

La querella mayoritaria integrada por familiares de víctimas del submarino ARA San Juan expresó este viernes su “decepción” por el fallo de la Cámara Federal porteña, sobreseyendo al ex presidente Mauricio Macri en la causa en la que lo investigaba por espionaje ilegal, y calificó la decisión como un “golpe judicial”.

“Lo vivimos con decepción. Es un golpe judicial que nos lleva a revivir la sensación ante cada parte diario falso, cada reunión con autoridades nacionales y cada falsa promesa” durante la búsqueda en 2017, señala un comunicado firmado por las abogadas Valeria Carreras y Lorena Arias, representantes de las familias de los tripulantes del submarino que se hundió en noviembre de 2017.

“Nos toca comunicar a 50 meses del hundimiento del ARA San Juan, que a pesar de haberlo vivido en carne propia, a pesar de las pruebas aportadas por la propia AFI, a pesar de ser un secreto a voces el espionaje ilegal del que fuimos víctimas, la Justicia de Comodoro Py dio por tierra con todo eso”, agrega el pronunciamiento.

En otro párrafo, señala que “luego de perder seres amados, padecieron la mentira, el ocultamiento, los traidores encubrimientos y la baja de celulares con el borrado de todo archivo y recuerdo de los que ya no están, hasta ser el objetivo de una cámara de fotos disparada por el Estado-AFI, como si fuéramos ‘una amenaza para la seguridad nacional”.

“Con el mismo coraje y valor con que ellos salían a navegar en su amado submarino, así seguiremos esta lucha por verdad, justicia y la dignidad que merecemos”, asegura el comunicado.

Apelarán

El abogado Luis Tagliapietra, padre de uno de los submarinistas fallecidos en el naufragio, y querellante en las causas que siguieron al hundimiento del submarino, calificó como “grotesco” el sobreseimiento del ex presidente, y adelantó que apelará la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires.

“Es una resolución sustentada sólo en lo que dice la defensa de Macri, desconociendo toda la prueba. Se trata de un fallo con características grotescas”, señaló Tagliapietra en declaraciones a la agencia de noticias Télam.

“Haremos el camino que nos toque hacer y apelaremos este fallo ante Cámara de Casación y a la Corte Suprema”, apuntó.

Tagliapietra representa en esta causa a 11 familiares de los marinos del sumergible hundido.

El letrado señaló que durante todo el expediente se “recolectó mucha prueba” del espionaje ilegal a los familiares por parte de organismos inteligencia del Estado, y consideró que, pese a eso, el fallo en vez de requerir que se “continúe investigando” sobreseyó a todos los procesados.

“Hubo seguimientos personales, fotografías, videos, escuchas acerca de qué le íbamos a plantear al Presidente antes de una reunión. La resolución está desajustada a derecho. Desconoce toda la prueba del expediente”, señaló.

Nacionales

Ascienden a 102 los casos de hantavirus en el país

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Según los últimos registros del Boletín Epidemiológico Nacional, en las dos últimas semanas se registró sólo un caso de hantavirus en la provincia de Buenos Aires (PBA). Sin embargo, el pasado fin de semana se confirmó un caso en la localidad de Corcovado en Chubut, mientras que el total de infectados de la temporada 2025-2026 asciende a 102, en su mayoría vinculados a la variante Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

En cuanto a la distribución geográfica, la región Centro concentró el 54% de los casos principalmente en PBA (43 casos) y la tasa de incidencia más elevada corresponde a la región del NOA (0,60 casos por 100.000 habitantes), donde se registraron 36 casos confirmados, de los cuales el 83% se concentró en Salta.

En cuanto a los orígenes del virus, las pruebas de PCR y secuenciación genómica realizadas en laboratorios de referencia de Sudáfrica y Suiza confirmaron que los casos corresponden a la cepa Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

Los casos que rondaron Misiones

Respecto del brote de hantavirus que se detectó en el crucero MV Hondius la semana pasada, el BEN correspondiente a la semana epidemiológica 17 de 2026 confirma que, hasta el momento, se identificaron ocho casos a bordo del buque (seis confirmados y dos probables), de los cuales tres fallecieron.

Según información difundida por el sitio Mundo en Conflicto, la fallecida pareja holandesa señalada estuvo en Misiones en un recorrido por Argentina, Chile y Uruguay, antes de embarcar en el buque que en este momento navega hacia las Islas Canarias con 149 personas a bordo. 

Si bien la ANLIS Malbrán determinó que la secuencia del virus del crucero tiene un alto grado de parentesco con cepas detectadas en 2018 en Neuquén, aún no es posible confirmar el origen del brote, ya que el caso testigo no estuvo en zonas endémicas de la cepa Andes durante los días que se estima que tuvo lugar el contagio. 

Mientras tanto, el fin de semana pasado la Secretaría de Salud de Paraná, confirmó dos infectados en el estado brasileño, un hombre de 34 años de Pérola d’Oeste y una mujer de 28 de Ponta Grossa. El primero de ellos muy cercano al departamento misionero de General Manuel Belgrano.

Se trata de la enfermedad viral, transmitida a los humanos por roedores silvestres infectados. De no tratarse, puede causar infecciones pulmonares o renales severas, siendo el Síndrome Cardiopulmonar por Hantavirus (SCPH) la forma más común en América.

Infectados con hantavirus en el crucero de Ushuaia estuvieron 20 días en Misiones

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El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis

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El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.

De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.

Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.

El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.

La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.

La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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