Nacionales
El macrismo eliminó el Fondo de la Soja y le dio un duro golpe a los municipios
BUENOS AIRES (Agencias). El Gobierno nacional decidió hoy eliminar el Fondo Federal Solidario, más conocido como Fondo de la Soja, y le asestó un duro golpe a las economías de las provincias, pero en especial a los municipios que eran los principales destinatarios del 30 por ciento de la recaudación por este concepto.
La disposición fue divulgada por el Ministerio de Hacienda de la Nación, en el marco de un paquete que apunta a lograr un ahorro fiscal de 65 mil millones de pesos durante este año y el próximo, con el propósito de responder a los compromisos con el Fondo Monetario Internacional (FMI) de reducir 1,3 por ciento el déficit fiscal.
Además de la eliminación del Fondo de la Soja, la Nación suspendió por seis meses la baja de las retenciones para aceites y harinas de soja y se reduce en un 66 por ciento el monto total pagado en concepto de reintegros a la exportación, de acuerdo con un esquema diferenciado por producto.
Las medidas están contenidas en tres decretos que serán publicados en el Boletín Oficial, mediante los cuales se generará un ahorro fiscal estimado de 12.500 millones de pesos para lo que resta de 2018 y 53.000 millones de pesos para el 2019, informó Hacienda, en un comunicado.
Con relación a los derechos de exportación a la soja, se mantiene la baja prevista en la alícuota de los granos, pero según la información oficial, las alícuotas a la soja se vienen reduciendo de forma sostenida, desde el 35 por ciento en 2015 para el poroto de soja al 26 por ciento actual, previendo su convergencia al 18 por ciento en diciembre de 2019.
En cuanto al aceite y las harinas, la alícuota se redujo desde el 32 por ciento en 2015 al 23 por ciento actual y también convergerá al 18 por ciento en diciembre de 2019. Los ingresos adicionales para la Nación por esta medida son de 1.500 millones de pesos en 2018 y 12 mil millones en 2019, estimó Hacienda.
Por otra parte, a través de un decreto de necesidad y urgencia, se elimina el Fondo Federal Solidario, a través del cual se transfería a provincias y municipios el 30 por ciento de la recaudación de los derechos de exportación a la soja. Este Fondo fue creado en 2009, cuando las provincias recibían la cuarta parte de la recaudación de impuestos nacionales, indicó el Ministerio.
Y resaltó que, ahora, las provincias “han pasado a recibir un tercio de los recursos nacionales y continuarán aumentando su participación en los próximos años, lo cual torna innecesaria la continuidad de este mecanismo de compensación. La reducción de los reintegros a la exportación, que se deduce de recaudación coparticipable, compensa parcialmente la pérdida de ingresos”.
Con esta decisión, el ahorro fiscal para la Nación es de 8.500 millones de pesos en 2018 y de 26.500 millones de pesos en 2019. Además, el Ministerio dispuso reducir un 66 por ciento el monto total pagado en concepto de reintegros a la exportación, de acuerdo con un esquema diferenciado por producto.
En ese sentido, Hacienda resaltó que los reintegros a la exportación “justifican su existencia en la vigencia de impuestos indirectos que se acumulan durante el proceso de producción y que no tienen una devolución al exportarse”, pero “la reforma tributaria y el pacto fiscal, que reducen los impuestos al cheque y a los ingresos brutos, generan el espacio para que dichos reintegros puedan ser reducidos”, señaló.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
Nacionales
Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses.
Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional.
Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%.
Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%.
En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.
En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento.
#DatoINDEC#IPC: la división con mayor alza mensual en marzo de 2026 fue Educación (12,1%); y la de menor, Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,3%) https://t.co/ALtx4h5Sbd pic.twitter.com/n7aRYFVFA5
— INDEC Argentina (@INDECArgentina) April 14, 2026
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