Nacionales
Desde enero todos los monotributistas pagarán un 31% más
En la Argentina hay 3,6 millones de monotributistas inscriptos. Para ellos, desde el primer día de 2021 habrá una actualización de las escalas y las cuotas del monotributo. Si bien aún no fue comunicado oficialmente, el régimen simplificado se actualizará por el porcentaje acumulado de los aumentos jubilatorios de 2020. Según cálculos privados, esa cifra sería levemente superior al 31%.
La suba exacta alcanzaría el 31,02%. precisó el contador Marcos Felice. De esta manera, la escala más baja del régimen simplificado (la A), pasará a tener un límite de facturación anual de $273.453, lo que representaría ingresos mensuales promedio de $22.787.
La categoría B pasaría a tener un techo de $410.180, es decir unos $34.181 por mes. Más adelante, las categorías C y D tendrían, respectivamente, $546.907 y $820.361 de facturación máxima. Para cada caso, implicaría un límite de ingresos mensuales de $45.575 y de $68.363.
La escala más alta de régimen simplificado (la K), contemplaría un techo de facturación anual de $3.418.170. Es decir, que el ingreso mensual máximo para permanecer dentro del monotributo sería levemente inferior a los $285.000. Superada esa cifra, el contribuyente quedaría alcanzado por el régimen general de IVA y Ganancias.
El pago mensual de la cuota de monotributo estará en un rango de entre $2.562 en la categoría inicial (tanto para quienes son proveedores de servicios como para la venta de cosas muebles) y termina en los $19.280 para la escala K. Junto con los topes de facturación, también se actualizarán desde enero un 31% los montos de alquileres devengados y los importes del llamado impuesto integrado a ingresar así como las cotizaciones previsionales.
Según anticipan los especialistas, la actualización de las escalas del régimen simplificado por debajo del nivel de inflación del período implicará que muchos inscriptos deberán pasar a una categoría superior a pesar de no haber facturado más en términos reales. “Dado que la actualización ya fue muy baja en 2020 tendremos nuevamente el efecto de atraso en las escalas del monotributo, lo que genera incongruencias dado que un monotributista actualiza sus precios por inflación”, explicó el tributarista Iván Sasovsky.
El Gobierno analiza algún tipo de modificación al régimen de monotributo para evitar la subdeclaración de ingresos. Para eso, buscaría un esquema “puente” que sirva como transición entre las escalas más altas y el régimen general de impuestos, que implica para el contribuyente una carga tributaria mucho mayor, explica Infobae.
“El monotributo habla sobre la discusión de la equidad porque sabemos que muchas veces se ha transformado en un mecanismo de subdeclaración. Por eso es necesario generar condiciones para que sea un factor de inclusión, pero también para que ese famoso puente al régimen general no sea tan gravoso para el contribuyente”, dijo a principios de diciembre la titular de AFIP Mercedes Marcó del Pont en un evento organizado por la Unión Industrial Argentina (UIA).
En la última moratoria amplia puesta en marcha por el Gobierno nacional como parte de las medidas para mitigar el impacto del coronavirus, la AFIP reglamentó en paralelo beneficios para monotributistas que hayan cumplido con el pago de cuotas y de presentación de declaraciones juradas en los últimos tres períodos fiscales.
Para los monotributistas, la eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500. El beneficio varía según la categoría. Para las A y B la exención serán enero a junio de 2021, para las categorías C y D se exime 5 cuotas, de enero a mayo; en las E y F serán 4 cuotas de enero a abril, para las categorías G y H se contemplarán 3 cuotas de enero a marzo y para las escalas más altas (I, J y K) se incluirán las de enero y febrero.
Esta semana se confirmó que desde enero el mínimo no imponible y las escalas del impuesto a las Ganancias aumentarán un 35,38%, por lo que un trabajador soltero con un salario de bolsillo de $74.810 pagará el tributo, mientras que un empleado casado y con dos hijos comenzará a pagarlo a partir de un ingreso neto de $ 98.963.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
Nacionales
Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses.
Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional.
Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%.
Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%.
En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.
En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento.
#DatoINDEC#IPC: la división con mayor alza mensual en marzo de 2026 fue Educación (12,1%); y la de menor, Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,3%) https://t.co/ALtx4h5Sbd pic.twitter.com/n7aRYFVFA5
— INDEC Argentina (@INDECArgentina) April 14, 2026
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