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Coronavirus: el Gobierno Nacional decretará la cuarentena obligatoria

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Apuntará a las personas que estuvieron en los países más afectados por la propagación de la enfermedad.

BUENOS AIRES (Agencias y diarios). El Gobierno Nacional impondrá por decreto una cuarentena obligatoria para todas las personas que estuvieron recientemente en los países más afectados por la propagación del coronavirus.

La norma reflejará el espíritu de las palabras expresadas por el presidente Alberto Fernández, quien adelantó que las personas que incumplan con la disposición inicial incurrirán en un delito. A la par, el Poder Ejecutivo analiza qué hará con los vuelos hacia y desde Italia.

Mientras tanto, varios distritos avanzaron con sus propias regulaciones. Catamarca, Río Negro y Misiones se transformaron este miércoles en las primeras provincias en suspender todos los actos públicos.

Además, la Secretaría de Deportes dispuso la suspensión de determinadas competencias internacionales que iban a disputarse en marzo en la Argentina. La resolución no incluye al fútbol, aunque no se descarta que haya novedades al respecto en los próximos días.

14 días

“Yo ayer dije que teníamos que cambiar el tema de la cuarentena y eso se va a resolver hoy. La persona que cumple esa cuarentena de 14 días tiene la obligación de recluirse en soledad en su casa”, dijo el Presidente.

Añadió que “no es voluntario, no es una recomendación: deberá hacerlo con las consecuencias que eso supone y si no lo cumple, estará incurriendo en un delito, que es poner en riesgo la salud pública”, aseguró Fernández a FM Delta.

Hasta el momento, el Gobierno recomendó no viajar a Europa, Estados Unidos, Irán, Japón, China y Corea del Sur, zonas con mayor cantidad de casos. De acuerdo al último reporte, en la Argentina se registraron 19 casos de la enfermedad y un paciente fallecido, todos contagiados en el exterior. Sin embargo, el ministro de Salud, Ginés González García, planteó que este proceso inexorablemente derivará en circulación local.

Penas de cárcel

El Código Penal dispone entre tres y 15 años de cárcel para las personas que propaguen “una enfermedad peligrosa y contagiosa”, en el artículo 202. En tanto, el artículo 203 hace referencia a multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación fuera cometida “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”.

En el caso de que tuviere como resultado enfermedad o muerte “se aplicará prisión de entre seis meses a cinco años”.

En tanto, el artículo 205 destaca: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

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El misionero Javier Lanari es el nuevo director del Banco Nación

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El misionero Javier Lanari fue designado por el gobierno nacional como nuevo director del Banco de la Nación Argentina (BNA). La medida, que oficializa el nombramiento del exsecretario de Comunicación y Prensa, fue publicada este martes en el Boletín Oficial.

Mediante el Decreto 618/2026, el gobierno del presidente Javier Milei aceptó la renuncia de Gonzalo Pascual como director de la entidad bancaria y, en su reemplazo, designó al misionero Javier Lanari, quien fue uno de los principales colaboradores del ex vocero presidencial y exj efe de Gabinete, Manuel Adorni.

Lanari ejercerá sus funciones con efecto retroactivo al 25 de junio de 2026 y completará el período de ley que culmina el 4 de febrero de 2028, según el documento oficial.

La norma, que oficializó su nombramiento tras la renuncia de Pascual, fue firmada por el presidente Milei y el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo.

Lanari, oriundo de Posadas, fue una de las figuras dentro del esquema comunicacional libertario y de diciembre de 2025 a junio de 2026 se desempeñó como titular de la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Nación.

Adorni anunció la salida del misionero Lanari como Secretario de Comunicación

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Criar un hijo costó más de $678.000 en junio, según el Indec

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Censo

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) difundió este jueves el dato de la Canasta Crianza y reveló que el costo para criar a un menor de entre 6 a 12 años llegó a $678.308 mensuales, frente a una inflación de 1,9% ese mismo mes.

El indicador que mide el organismo releva, por un lado, los costos mensuales de los bienes y servicios esenciales (alimentos, vestimenta y educación, entre otros) para la protección de la primera infancia, la niñez y la adolescencia. Por el otro, el costo del cuidado, que es el tiempo en horas requerido para cada uno de los tramos de edad.

En este sentido, para los bebés, el valor fue de $529.539, mientras que para los chicos de entre uno y tres años fue de $630.926. En tanto, para el rango etario de cuatro a cinco, la canasta de crianza totalizó $539.612.

Ese mismo mes, el costo mensual de bienes y servicios fue el siguiente para cada grupo etario: menores de un año: $173.468, de uno a tres años: $223.988, de cuatro a cinco años: $285.275 y de seis a 12 años: $353.885.

Por su parte, el costo de cuidado para cara rango fue: menores de un año: $356.071, de uno a tres años: $406.938, de cuatro a cinco años: $254.337 y de seis a 12 años: $324.423.

De acuerdo al Indec, esta medición tiene como objetivo que sea utilizado por el Poder Judicial como referencia en los litigios por cuota alimentaria.

Para el cálculo del costo de los bienes y servicios para el desarrollo de los bebés, chicos, chicas y adolescentes se toma el valor mensual de la canasta básica total (CBT) del Gran Buenos Aires (GBA) que difunde todos los meses el organismo y que se usa para la medición de la pobreza.

“Dentro de la CBT, se incluye tanto el costo de adquisición de los alimentos necesarios para cubrir los requerimientos energéticos mínimos como el de los bienes y servicios no alimentarios (vestimenta, transporte, educación, salud, vivienda, etcétera)“, explicó el ente estadístico. Esa cifra se pondera de acuerdo a los diferentes grupos de edad, hasta los 12 años.

Para la estimación del costo del cuidado se considera, en primer término, el tiempo teórico requerido de cuidado para cada uno de los tramos de edad. La estimación mensual es la siguiente: menores de un año: 147 horas. De 1 a 3 años: 168 horas. De 4 a 5 años: 105 horas y de 6 a 12 años: 68 horas.

A su vez, las horas de cuidado se valorizan tomando la remuneración de la categoría “Asistencia y cuidado de personas” del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Inflación de junio fue de 1,9% y acumula 16,8% en el año

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Inflación de junio fue de 1,9% y acumula 16,8% en el año

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inflación junio

La inflación fue del 1,9% durante junio, según informó este martes el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Con este resultado, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró una desaceleración de 0,2 puntos porcentuales respecto de mayo y marcó el nivel mensual más bajo de los últimos diez meses.

De acuerdo al organismo nacional, el incremento de precios acumulado en el primer semestre de 2026 alcanzó el 16,8%, mientras que la variación interanual se ubicó en 33,5%, consolidando la tendencia descendente que viene mostrando el indicador durante los últimos meses.

El dato estuvo en línea con las proyecciones de la mayoría de las consultoras privadas, que anticipaban un índice inferior al 2%, luego de la desaceleración observada en mayo.

En el desglose por divisiones, los mayores aumentos del mes se registraron en los rubros vinculados a bienes y servicios que continúan mostrando presión sobre el costo de vida, mientras que otros componentes exhibieron una evolución más moderada, contribuyendo al descenso del índice general.

Con el registro de junio, la inflación mensual se mantuvo por debajo del 2% por segundo mes consecutivo y alcanzó el menor nivel desde agosto del año pasado.

El informe del Indec será además la referencia para la actualización de distintos parámetros tributarios y previsionales durante el segundo semestre, entre ellos las escalas del impuesto a las Ganancias y del régimen de Monotributo, cuyos valores se ajustan de acuerdo con la inflación acumulada.

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