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Atentado a CFK: detuvieron a la pareja de Fernando Sabag Montiel

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La Policía Federal Argentina (PFA) detuvo este domingo por la noche a Brenda Uliarte, pareja de Fernando Sabag Montiel, el hombre que el jueves pasado intentó asesinar a la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner frente a su casa en el barrio porteño de Recoleta. En paralelo, la Justicia dispuso el secreto de sumario en la causa que investiga el hecho.

Según consignó el portal Infobae, la detención de la joven fue concretada en la estación Palermo del Tren San Martín, tras un procedimiento ejecutado por agentes del Departamento Unidad de Investigación Antiterrorista de la PFA, bajo órdenes de la jueza que entiende en la causa, María Eugenia Capuchetti.

El diario La Nación, en tanto, añadió que la detención de Uliarte, de 23 años, fue ordenada luego de un primer análisis de cámaras de seguridad y la intervención de su teléfono celular, cuyas comunicaciones eran oídas de manera directa.

Lo que la Justicia intenta determinar es si Sabag Montiel actuó solo o contó con colaboración de otra persona para llevar adelante el magnicidio que no llegó a concretarse prácticamente de milagro, ya que el implicado gatilló en dos oportunidades una pistola Bersa calibre .32 y las balas no salieron porque no se accionó la corredera.

Este domingo la jueza Capuchetti también le tomó declaración a un amigo de Sabag Montiel, quien declaró que sostuvo que creía al hombre “capaz de cometer el hecho”.

Otro avance que tuvo la causa ayer fue que Capuchetti le tomó declaración a los peritos informáticos que explicaron las razones por las cuales el celular de Sabag Montiel hizo un “reseteo” y volvió a “estado de fábrica”, informaron fuentes judiciales consultadas por Télam.

La agencia de noticias añadió que los últimos datos y elementos que se encuentran bajo análisis fueron extraídos de la tarjeta SIM y el chip usado por el detenido.

En relación al reseteo del celular al estado de fábrica, los peritos detallaron los motivos por los cuales pudo ocurrir esto y no descartaron que pudiera haberse activado de manera remota o bien por algún error al intentar acceder al dispositivo. En su caso, no se logró la extracción de información.

El teléfono celular que portaba el detenido sufrió un reseteo en los momentos en que la Justicia intentaba extraer información, por lo que esa prueba fundamental para la investigación corre riesgo de perderse.

El hecho generó críticas en el oficialismo y la oposición, que reclamaron “respuestas” a la Justicia en medio de versiones encontradas entre el juzgado a cargo de la causa y las fuerzas de seguridad, fundamentalmente la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).

El reseteo fue detectado cuando el equipo llegó a manos de la PSA el viernes por la noche, en el marco de la causa por el atentado sufrido por la vicepresidenta el jueves último.

Esa fuerza de seguridad recibió el dispositivo de manos de la custodia personal de la jueza Capuchetti: estaba encendido, dentro de un sobre abierto y no está confirmado que hubiera sido acompañado por algún tipo de documentación.

La PSA recibió el celular en su sede de Ezeiza, durante la noche del viernes, horas después de que el aparato hubiera sido manipulado por técnicos de la Policía Federal Argentina (PFA), que fue la primera fuerza en intentar extraer información en presencia de secretarios del juzgado, la fiscalía y la defensa oficial, según aseguraron en desde el juzgado.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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CGT

La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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