Información General
COVID19: revelar la identidad de un infectado es delito si no hay consentimiento
Lo disponen las leyes vigentes en la Argentina. El tema fue analizado y precisado por la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP).
POSADAS. A raíz de la pandemia mundial de coronavirus, los medios de comunicación y la sociedad en general fueron incorporando al conocimiento distintos aspectos de la enfermedad, prevención y hasta legislación vigente sobre los límites a la divulgación.
En Misiones, como en distintas ciudades del país, la falta de reserva y también las reacciones de vecinos generaron un sinnúmero de conflictos, con agresiones incluidas, y no solamente por los casos de pacientes sino también con profesionales y trabajadores de la salud.
¿Por qué no se puede revelar la identidad de los infectados con coronavirus?, fue uno de los interrogantes que explicaron distintos medios de comunicación al dar a conocer un trabajo de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP).
En ese sentido se sostuvo que la identidad de las personas que padecen coronavirus no puede ser revelada, excepto que se cuente con el consentimiento explícito del paciente dado que de lo contrario se incurre en un delito grave. Así lo disponen las leyes vigentes en la Argentina.
En medio de los temores y la incertidumbre que genera el avance de la pandémia, muchos lectores han recriminado a los medios de comunicación en todo el mundo que identifiquen a los infectados como posibilidad de reaseguro para evitar un acercamiento a esas personas.
Eso no solo no es posible sino que también, al menos en la Argentina, es ilegal.
Protección de Datos
La AAIP comunicó que el tratamiento de información referida a la salud es una actividad que debe llevarse adelante con especial cuidado, respetando la privacidad de las personas, de acuerdo a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
En este sentido, la Agencia remarcó algunos de los principios fundamentales de la regulación vigente, en particular referidos a datos personales de salud:
*) Los datos de salud son una categoría de datos sensibles y en consecuencia merecen una protección más rigurosa (artículos 2 y 7 – Ley 25.326).
*) La divulgación del nombre de un paciente que padezca de coronavirus requiere de su consentimiento (artículo 5 – Ley 25.326).
*) Los establecimientos sanitarios y los profesionales de la salud pueden procesar y cederse entre sí datos de los pacientes, siempre y cuando cumplan con el secreto profesional (artículo 8 – Ley 25.326).
*) La obligación de secreto profesional subsistirá aun después de finalizada la relación con el paciente (artículo 10 – Ley 25.326).
*) Para usar la información del paciente con fines incompatibles con su tratamiento médico, se debe requerir su consentimiento pleno, libre e informado (artículo 4, inciso 3 y artículo 5 – Ley 25.326).
*) El Ministerio de Salud de la Nación y los ministerios provinciales se encuentran facultados a requerir, recolectar, cederse entre sí o procesar de cualquier otro modo información de salud sin consentimiento de los pacientes, conforme a las competencias explícitas e implícitas que les hayan sido conferidas por ley (artículo 5, inciso 2 b y artículo 11, inciso 3 b – Ley 25.326).
Cualquier persona que considere que su privacidad o sus datos personales están siendo afectados puede realizar una denuncia ante la Agencia.
Asimismo, las instituciones públicas y privadas pueden realizar consultas sobre el alcance de la Ley 25.326 ante la Agencia.
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Recuerdan normativa para cultivo de cannabis con fines medicinales
Luego de que la Policía de Misiones desmantelara un invernadero de cannabis no autorizado en Posadas, la fuerza provincial emitió un comunicado en el que señaló el incumplimiento de la Ley 27.350 de Uso Medicinal del Cannabis con fines Terapéuticos y Medicinales.
El hecho se registró el lunes en horas de la noche en un dúplex ubicado a pocas cuadras de la avenida Quaranta de la capital provincial, donde fue allanado, por orden del Juzgado de Instrucción Uno a cargo de Juan Manuel Monte por subrogancia legal, un invernadero de cannabis acondicionado con un sistema de control de temperatura para el cultivo intensivo.
En el lugar encontraron más de 119 plantas, frascos y bolsas frizadas con cogollos. Al mismo tiempo, señalaron que el valor total de la droga y de los equipos utilizados para el cultivo rondaría los 20 millones de pesos.
En un comunicado reciente, elaborado por la Dirección de Drogas Peligrosas, dejaron por sentado que dicho cultivo de marihuana se realizó fuera del marco legal, establecido por la mencionada ley, que regula el uso medicinal, terapéutico e investigativo del cannabis.
El allanamiento fue ordenado por una causa penal, que luego derivó en la intervención de la Fiscalía Federal de Posadas, que dispuso el secuestro de la producción y el equipo de cultivo empleado, integrado por luces LED, extractores, ventiladores, termómetros, estabilizadores de voltaje y elementos de corte.
En el sector de la sala también hallaron documentación de una supuesta asociación civil, actuaciones notariales y agendas con nombres. Sin embargo, al ser verificadas por la Justicia, se determinó que la organización no estaba aprobada por el Ministerio de Salud de la Nación ni matriculada en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), careciendo así de todo respaldo legal.
La legislación
La ley nacional 27.350, sancionada en el año 2017 y reglamentada por el Decreto 883/2020, autoriza el uso del cannabis con fines medicinales y científicos, sólo bajo control estatal y con habilitación expresa del Ministerio de Salud de la Nación.
De acuerdo con esta normativa, solo pueden cultivar pacientes que posean indicación médica certificada, representantes legales o familiares directos de pacientes registrados, profesionales de la salud o investigadores autorizados y asociaciones civiles o fundaciones que se encuentren formalmente aprobadas y registradas en Reprocann.
Para esto, el cultivador debe contar con el carnet habilitante anual, emitido por el Ministerio de Salud; con nombre, domicilio y cantidad de plantas autorizadas; la constancia de inscripción en Reprocann; un listado de beneficiarios y prescripción médica; identificación y rotulación de las plantas (cepa, genética, lote, etc.) e informes médicos y sanitarios trimestrales presentados ante Salud Pública.
En cuanto a los límites, la ley establece un máximo de hasta nueve plantas florecidas por persona registrada, una superficie máxima de 6 m² de cultivo en el domicilio declarado, solo para fines medicinales o científicos, sin fines comerciales, además de la supervisión y fiscalización permanente de la autoridad sanitaria.
Finalmente, la fuerza provincial recordó que cualquier actividad que no cumpla con estos requisitos, como cultivar sin inscripción, superar la cantidad permitida o carecer de aval médico y sanitario, queda fuera del marco de la Ley 27.350 y pasa a ser competencia de la Justicia Federal, conforme a la Ley 23.737 de Estupefacientes.
Esta norma sanciona con penas de 4 a 15 años de prisión la siembra, cultivo, almacenamiento o tenencia de sustancias prohibidas sin autorización legal, considerando tales conductas como delitos federales.
El cultivo sin inscripción, sin informes médicos o fuera de los límites legales no se considera medicinal, sino un delito federal, y la intervención policial responde al cumplimiento estricto de las normas que regulan esta materia.
La Mesa Provincial de Cannabis repudió allanamiento a cultivador en Posadas
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Dos carreras de la Unam invitan a las jornadas “Medio siglo de historia”
En el marco del doble aniversario de las carreras del Departamento de Historia de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales (Fhycs) de la Universidad Nacional de Misiones (Unam), este jueves y viernes se llevarán a cabo las jornadas “Medio siglo de historia”, con disertaciones, presentaciones de libros, paneles, talleres y charlas.
El evento comenzará mañana jueves a las 9 con un acto de apertura en el Salón de Usos Múltiples, ubicado en el primer piso del edificio Juan Figueredo, de la sede central de la Facultad de Humanidades, ubicada por calle Tucumán 1946 de Posadas.
Se trata de un nuevo encuentro desarrollado en homenaje a los 50 años de la Licenciatura en Historia y los 40 años de la reapertura del Profesorado en Historia.
Luego de la presentación, los presentes podrán participar de dos conferencias virtuales. Por un lado: “Una historia social de los maestros y las comunidades en el Territorio Nacional de Misiones” a cargo de la Dra. Laura Rodríguez (investigadora del Conicet/UNLP) y seguidamente: “NotebookLM: una IA en la toma de notas. Nunca se sabe lo que puede un corpus” a cargo del Dr. Nicolás Quiroga (investigador del Conicet/UNMdP).
El evento académico se extenderá hasta el viernes 24, con el propósito de poner en valor y visibilizar los aportes de las carreras del Departamento de Historia de la Unam en los tres ejes sobre los que se desarrolla la misión de la universidad pública: docencia, investigación y extensión.
Durante las dos jornadas tendrán lugar una serie de actividades académicas, coordinadas por docentes, estudiantes y graduados, entre las cuales se contemplan: presentación de equipos de Investigación y Extensión; presentaciones de libros producidos por docentes del Departamento de Historia; talleres; paneles, charlas y otras actividades en torno a temas vinculados al campo de la historia.
Reconocimiento
Las Jornadas “Medio Siglo de Historia” fueron declaradas de interés municipal por el Honorable Consejo Deliberante, órgano máximo de Representación Institucional de la ciudad de Posadas. Este reconocimiento honra la trayectoria académica y subraya la importancia de la disciplina en la región.
Por esto, invitan a todos los miembros de la comunidad universitaria y al público en general a participar de las Jornadas y celebrar los 50 años dedicados a la promoción del pensamiento crítico y la producción de conocimiento histórico.
Los interesados en participar pueden inscribirse a través de los siguientes enlaces:
Cronograma de actividades: https://bit.ly/3Jf3xtT
Programa de las Jornadas: http://bit.ly/3WhDlSy
Celebran los 50 años de la carrera de Historia con la digitalización de tesis
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La Mesa Provincial de Cannabis repudió allanamiento a cultivador en Posadas
Referentes políticos, profesionales de la salud, organizaciones civiles y cultivadores que integran la Mesa Interinstitucional de Abordaje del Cannabis, expresaron su repudio al accionar judicial y policial en allanamiento realizado el lunes por la noche en un dúplex de la capital provincial.
A través de un comunicado, señalaron que “las metodologías empleadas y la forma en que se comunicó el operativo refuerzan estigmas y desacreditan las legislaciones nacionales vigentes que contemplan el cultivo y acceso a la planta con fines medicinales”.
En ese marco, recordaron que años atrás el Estado argentino ha avanzado en la regulación del cannabis medicinal, el autocultivo registrado y el acceso a tratamientos a través del Programa Nacional de Cannabis con respaldo de la Ley 27.350 y el Decreto 883/2020.
Motivo por el cual remarcaron: “Expresamos nuestro profundo repudio ante el accionar desmedido y la exageración judicial en el reciente allanamiento a una vivienda donde se constató el cultivo de plantas de cannabis para uso personal y/o terapéutico”.
Tras la asunción del presidente Javier Milei, el año pasado el gobierno impulsó una serie de restricciones para acceder al Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), entre otras políticas con las que habrían intentado desmantelar y ralentizar los procesos administrativos de acceso a la medicina del cannabis.
Sobre esto, la Mesa recordó que “toda la comunidad misionera -activistas, profesionales, pacientes, médicos, cultivadores solidarios- decidió organizarse para enviar prontamente a la Cámara Legislativa de la Provincia de Misiones, el Proyecto de Ley de Abordaje integral de Cannabis Medicinal y Cáñamo Industrial”.
Y enfatizaron: “Rechazamos toda forma de persecución y hostigamiento hacia quienes cultivan con responsabilidad y dentro del marco legal. Exigimos a las autoridades judiciales y de seguridad una actuación acorde a los tiempos que vivimos, basada en el respeto de los derechos humanos, la evidencia científica y la normativa vigente”.
“El camino hacia una sociedad más justa, inclusiva y libre de prejuicios requiere dejar atrás la mirada punitiva y avanzar hacia políticas de salud, producción y autocuidado con enfoque de derechos. Basta de criminalizar el cultivo responsable. No más presos por plantar. Cumplamos la ley sin estigmas”, concluyeron.
El caso
En la noche del pasado lunes, efectivos de la Policía de Misiones allanaron un departamento acondicionado con un sistema de control de temperatura para el cultivo intensivo de marihuana en un dúplex ubicado sobre calle 117 y avenida López y Planes.
Según constataron fuentes policiales, durante la intervención, ordenada por el Juzgado de Instrucción Uno, se hallaron más de 119 plantas de cannabis y frascos con cogollos. Al mismo tiempo, señalaron que el valor total de la droga y de los equipos utilizados para el cultivo rondaría los 20 millones de pesos.
El procedimiento fue supervisado por el Juez de Instrucción Uno, Juan Manuel Monte, y ejecutado por efectivos de la División Investigaciones de la Unidad Regional Uno. A su vez, la irrupción se realizó bajo un amplio despliegue de seguridad, encabezado por el Jefe de Policía, Sandro Alberto Martínez, junto al subjefe, Marcos David López Asencio, y el director General de Seguridad, Marcelo Maslowski, quienes coordinaron el operativo en el terreno junto a personal táctico y peritos especializados.

Allanamiento a cultivador de cannabis en Posadas
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