{"id":60689,"date":"2020-07-23T11:38:54","date_gmt":"2020-07-23T14:38:54","guid":{"rendered":"http:\/\/www.lavozdemisiones.com\/?p=60689"},"modified":"2020-07-23T11:38:54","modified_gmt":"2020-07-23T14:38:54","slug":"colonia-aurora-faltan-casi-6-millones-en-la-muni-y-acusan-al-exintendente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/?p=60689","title":{"rendered":"Colonia Aurora: faltan casi 6 millones en la muni y acusan al exintendente"},"content":{"rendered":"<p>En el ejercicio del 2018, bajo la intendencia de Jorge Kramer, el Tribunal de Cuentas encontr\u00f3 un defasaje de casi 6 millones de pesos\u00a0en diversas cuentas.<\/p>\n<p>El fiscal Rivero advierti\u00f3, luego de analizar toda la documentaci\u00f3n, que los reparos sustanciales, es decir los montos que no se pueden explicar su destino, ascienden al monto de $5.868.898 en la municipalidad de Colonia Aurora en el a\u00f1o 2018, bajo la intendencia del renovador Jorge Kramer.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s tanto Kramer como sus colaboradores, Diego Ernesto Bohling y Eusebio Chilavert, deber\u00e1n afrontar una multa de $60 mil cada uno. MIentras que no respondieron los cargos en su contra.<\/p>\n<p>La sentencia 237, del 21 de mayo pasado, tiene la firma y participaci\u00f3n de la presidenta del organismo de control: Fabiola Bianco, los vocales Silvia Machado de Compar\u00edn y Bruno Paprocki, adem\u00e1s del fiscal interviniente, Juan Carlos Rivero seg\u00fan inform\u00f3 el medio Primera Edici\u00f3n.<\/p>\n<p>Se formularon \u201creparos formales y sustanciales\u201d y se ordena correr traslado a los tres mencionados \u201ca fin de la interposici\u00f3n de sus descargo\u201d pero se aclara que \u201cvisto que los responsables no han presentado descargo y vencido el t\u00e9rmino para efectuarlo se da por ca\u00eddo el derecho a presentar descargos\u201d.<\/p>\n<p>Multa y cargo pecuniario<\/p>\n<p>La sentencia indica que \u201cse han efectuado los procedimientos legales previstos para el dictado de la presente sentencia y se ha respetado el derecho de defensa de las partes con la intervenci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Superior de Procuraci\u00f3n Fiscal\u201d.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de analizar la documentaci\u00f3n se expone el voto primero de la vocal Compar\u00edn proponiendo desaprobar la rendici\u00f3n de cuentas del ejercicio, as\u00ed como formular cargo pecuniario solidariamente a los tres mencionados por el monto de $10.450.747.<\/p>\n<p>En la misma l\u00ednea se impone una multa a cada uno de los tres mencionados por 60 mil pesos a pagarse en el plazo de 15 d\u00edas de la presente sentencia.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se deja constancia en el documento y se hace saber a las autoridades del Instituto de Previsi\u00f3n Social de Misiones (IPS) que \u201chan quedado pendiente de dep\u00f3sito los aportes y retenciones correspondientes a los meses de noviembre y diciembre y sueldo anual complementario segundo semestre del ejercicio 2018\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, se pone en conocimiento de la Direcci\u00f3n General de Rentas (ahora Agencia Tributaria de Misiones que \u201cno se ha efectuado el control de sellado fiscal correspondiente\u201d.<\/p>\n<p>Las irregularidades<\/p>\n<p>El informe remarca que los saldos pasivos de \u201ccuentas especiales\u201d y \u201ccuentas de terceros\u201d, por importe de $3.469.179 \u201cno est\u00e1n respaldados por existencias activas en tesorer\u00eda y ni en bancos \u201clo cual transgrede el art\u00edculo 99 de la ley XV N\u00ba 5 \u201cOrg\u00e1nica de Municipalidades\u201d que dispone que \u201cel Departamento Ejecutivo no podr\u00e1 desafectar mi cambiar el destino de los cr\u00e9ditos de cuentas especiales sin autorizaci\u00f3n del Concejo Deliberante\u201d. Se advierte que \u201clos responsables no cumplen con lo solicitado por la Fiscal\u00eda dado que no identifican el movimiento de cada cuenta\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se detecta irregularidades en la \u201ccuenta responsables\u201d por importe de $171.584 y se encuentran \u201cd\u00e9bitos y cr\u00e9ditos de dif\u00edcil seguimiento\u201d.<\/p>\n<p>\u201cCotejando los movimientos registrados en el libro diario con los del libro de banco se observan diferencias, y atento de la imposibilidad de afirmar que dicha cuenta refleja adecuadamente sus movimientos, y al no contar con documentaci\u00f3n que avale los mismos, se formula reparo sustancial por el total del movimiento registrado\u201d, expresa el informe del fiscal.<\/p>\n<p>Asimismo, un convenio con la Direcci\u00f3n General de Rentas por la suma de $1.856.135 \u201cregistra d\u00e9bitos y cr\u00e9ditos de dif\u00edcil seguimiento\u201d y no se cuenta con la documentaci\u00f3n respaldatoria, por lo tanto se aplica un reparo sustancial a la suma total.<\/p>\n<p>Hay otra irregularidad en un convenio con el Iprodha, por $372.000 donde se observa \u201cfalta de presentaci\u00f3n de convenios adjuntado en carpetas separadas s\u00f3lo una parte de los mismos y falta de certificaci\u00f3n final de obra convenio Iprodha \u2013 15 viviendas por $372.000\u201d.<\/p>\n<p>Y por \u00faltimo se detect\u00f3 \u201cfalta de incorporaci\u00f3n el presupuesto del ejercicio, de la ordenanza N\u00ba 40 por $700.000 correspondiente a un Aporte del Tesoro Nacional (ATN)\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el ejercicio del 2018, bajo la intendencia de Jorge Kramer, el Tribunal de Cuentas encontr\u00f3 un defasaje de casi 6 millones de pesos\u00a0en diversas cuentas. El fiscal Rivero advierti\u00f3, luego de analizar toda la documentaci\u00f3n, que los reparos sustanciales, es decir los montos que no se pueden explicar su destino, ascienden al monto de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":60690,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[125],"tags":[1602,14944,14943,2033,2753],"class_list":["post-60689","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-provinciales","tag-colonia-aurora","tag-jorge-kramer","tag-kramer","tag-lvm","tag-tribunal-de-cuentas"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/60689","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=60689"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/60689\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/60690"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=60689"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=60689"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=60689"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}