{"id":1412349,"date":"2024-01-19T17:41:15","date_gmt":"2024-01-19T20:41:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/?p=1412349"},"modified":"2024-01-19T18:35:07","modified_gmt":"2024-01-19T21:35:07","slug":"el-gobierno-cede-y-acuerda-100-cambios-en-proyecto-de-ley-omnibus","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/?p=1412349","title":{"rendered":"El gobierno cede y acuerda 100 cambios en proyecto de Ley \u00d3mnibus"},"content":{"rendered":"<p>Luego de advertir que no negociar\u00eda el paquete de reformas que se discute desde hace dos semanas en el Congreso, el gobierno de Javier Milei recul\u00f3 y acept\u00f3 modificar 100 art\u00edculos del <a href=\"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/politica\/milei-envio-ley-omnibus-al-congreso-pide-facultades-extraordinarias\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">proyecto conocido como Ley \u00d3mnibus<\/a>.<\/p>\n<p>Entre los puntos sobresalientes de las modificaciones al texto original del proyecto de ley enviado al Congreso el 27 de diciembre, figuran acotar los superpoderes solicitados por Milei, la eliminaci\u00f3n de retenciones a todas las econom\u00edas regionales y la eliminaci\u00f3n de YPF de la lista de empresas p\u00fablicas sujetas a privatizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La <a href=\"https:\/\/twitter.com\/CasaRosada\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Casa Rosada<\/a> le hizo llegar este viernes al presidente de la C\u00e1mara de Diputados, Mart\u00edn Menem, un borrador con las modificaciones negociadas con la oposici\u00f3n legislativa m\u00e1s amigable con el gobierno, en sinton\u00eda con los reclamos que los gobernadores le hicieron al ministro del Interior, Guillermo Francos.<\/p>\n<p>Como contrapartida, el bloque de Uni\u00f3n por la Patria (UxP) adelant\u00f3 su rechazo al proyecto, independientemente de las modificaciones aceptadas por el gobierno, y convoc\u00f3 a apoyar <a href=\"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/politica\/la-cgt-llamo-a-un-paro-general-de-medio-dia-para-el-24-de-enero\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">el paro y la movilizaci\u00f3n convocado por la CGT<\/a> para el pr\u00f3ximo lunes 24, que promete ser masiva con la participaci\u00f3n de las otras centrales obreras, organizaciones sociales y partidos de izquierda.<\/p>\n<p>En el borrador de la Casa Rosada, no fue incluida el cap\u00edtulo referente a la reforma previsional, aunque en el entorno del ministro Francos se asegur\u00f3 que el tema sigue en discusi\u00f3n y no se descarta que se incorpor\u00e9 al texto que el gobierno espera poder convertir en ley la semana pr\u00f3xima.<\/p>\n<h2><strong>Las modificaciones <\/strong><\/h2>\n<p><strong>T\u00edtulo I &#8211; Emergencia<\/strong><\/p>\n<p>Se limita el plazo de vigencia de la emergencia de 4 a\u00f1os (2+2) a 2 a\u00f1os (1 a\u00f1o + 1 a\u00f1o prorrogable por el Poder Ejecutivo).<\/p>\n<p>Eliminaci\u00f3n de emergencia de Defensa, Social y Sanitaria.<\/p>\n<p>Se eliminan y revisa redacci\u00f3n de algunas bases de delegaci\u00f3n a partir de sugerencias realizadas.<\/p>\n<p><strong>T\u00edtulo II &#8211; Reorganizaci\u00f3n administrativa<\/strong><\/p>\n<p>Se limita el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n solo al Sector P\u00fablico incluido en el Art 8 de la 24.156. Se elimina a las entidades con participaci\u00f3n concurrente minoritaria del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>FGS. Se establece como requisito que el Poder Ejecutivo Nacional para poder liquidar dichos activos (luego de ser transferidos) deber\u00e1 contar con un dictamen previo favorable de la Comisi\u00f3n Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley 23.696.<\/p>\n<p><strong>Pesca<\/strong><\/p>\n<p>Se mantiene la obligaci\u00f3n de desembarcar en Argentina.<\/p>\n<p>Se aclara que el sistema de licitaciones no va a ser internacional.<\/p>\n<p>Se mantienen los requisitos actuales con respecto a la tripulaci\u00f3n local.<\/p>\n<p><strong>Hidrocarburos<\/strong><\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n de la aclaraci\u00f3n \u201cNacional o Provincial, seg\u00fan corresponda\u201d para evitar cualquier duda sobre competencias de las Provincias en la materia, en todo el articulado.<\/p>\n<p>Compatibilizaci\u00f3n con los principios del art. 3\u00b0 de la ley 26.741.<\/p>\n<p>Eliminaci\u00f3n de la menci\u00f3n a \u201cempresas estatales\u201d y la obligaci\u00f3n de vender al \u201cexport parity\u201d.<\/p>\n<p>Condicionamiento del derecho a exportar sujeto a (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos t\u00e9cnicamente probados; y (ii) que la objeci\u00f3n en caso de ocurrir por parte de la Secretar\u00eda de Energ\u00eda est\u00e9 fundada por motivos t\u00e9cnica o econ\u00f3micamente en la seguridad del suministro.<\/p>\n<p>Establecimiento de requisitos para la solicitud de reconversi\u00f3n de convencional a no convencional: conforme plazos que fije el Poder Ejecutivo, y se extiende por 10 a\u00f1os desde el vencimiento del plazo original. Posibilidad de extender por otros 10 a\u00f1os adicionales en funci\u00f3n de amortizaci\u00f3n de inversiones.<\/p>\n<p>L\u00edmite m\u00e1ximo de hasta 10 a\u00f1os para plazos m\u00e1s extensos que los fijados por la ley. En ning\u00fan caso, la concesi\u00f3n puede ser fijada a perpetuidad.<\/p>\n<p>Respeto de los plazos establecidos por el marco legal existente a la fecha de aprobaci\u00f3n de esta ley en las concesiones de explotaci\u00f3n y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad.<\/p>\n<p>Se mantiene la Facultad de las provincias de controlar el plan de inversiones (No se derogan el Art 32 y 33).<\/p>\n<p>Establecimiento de un r\u00e9gimen de autorizaciones de transporte de Hidrocarburos, con libre acceso.<\/p>\n<p>Establecimiento de un r\u00e9gimen de habilitaci\u00f3n para el procesamiento de hidrocarburos.<\/p>\n<p>Regulaci\u00f3n de la actividad de almacenaje de hidrocarburos bajo r\u00e9gimen de autorizaciones.<\/p>\n<p>Mantenimiento del Pliego Modelo elaborado en forma conjunta por las Provincias y la Secretar\u00eda de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se mejora redacci\u00f3n y precisi\u00f3n del inciso de Fondos Fiduciarios y de afectaci\u00f3n especifica. Se elimina la delegaci\u00f3n con respecto a los servicios perif\u00e9ricos.<\/p>\n<p>Se incluye en la delegaci\u00f3n del marco normativo del sistema de contrataciones p\u00fablicas los principios del Decreto 1023, la regla de licitaci\u00f3n p\u00fablica y la referencia a est\u00e1ndares de transparencia.<\/p>\n<p>Se elimina YPF del listado de empresas a privatizar. Se incluye el procedimiento de informar a la Comisi\u00f3n Bicameral creada en la Ley 23.696.<\/p>\n<p>Se agrega inciso c) con el fin de aumentar el control del Estado ante la posible privatizaci\u00f3n de Nucleoel\u00e9ctrica Argentina.<\/p>\n<p>Se mantiene como obligatoria la tenencia por parte del Estado de una acci\u00f3n con derecho a veto con respecto al cierre de actividad de nucleoel\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>Se aclara que las unidades de auditor\u00eda interna van a ser nombradas y removidas por la SIGEN para evitar relaci\u00f3n jer\u00e1rquica entre controlante y controlado.<\/p>\n<p>Se mantienen los requisitos actuales para el S\u00edndico General de la Naci\u00f3n en 8 a\u00f1os (Se elimina Art 22).<\/p>\n<p>Se mantienen los requisitos actuales para la Oficina Anticorrupci\u00f3n (Se elimina Art 24).<\/p>\n<p>Se extiende el alcance de las prohibiciones para la funci\u00f3n p\u00fablica a todos los empleados p\u00fablicos. Se incluye en las prohibiciones de la funci\u00f3n p\u00fablica la de permitir la colocaci\u00f3n o utilizaci\u00f3n de s\u00edmbolos partidarios o electorales en edificios, veh\u00edculos y muebles p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Se aclara que la intervenci\u00f3n de la SIGEN y Procuraci\u00f3n es en forma previa a los acuerdos transaccionales y no en la reglamentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se acota el alcance de las facultades para la renegociaci\u00f3n y rescisi\u00f3n de contratos (Art 33).<\/p>\n<p><strong>T\u00edtulo III &#8211; Reorganizaci\u00f3n Econ\u00f3mica<\/strong><\/p>\n<p>Se elimina Cap\u00edtulo de Ley de sociedades.<\/p>\n<p>R\u00e9gimen de Regularizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se agrega la exclusi\u00f3n a convivientes.<\/p>\n<p>Limitar en sujetos excluidos a las personas que son funcionarios o fueron hasta hace 5 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Se incorpora cl\u00e1usula para que los no residentes no pueden regularizar bienes a nombre de terceros.<\/p>\n<p><strong>Bienes personales<\/strong><\/p>\n<p>Se incluye beneficio a contribuyentes cumplidores (Art 187). Reducci\u00f3n de al\u00edcuota por tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>Derecho de Exportaci\u00f3n (Continuaci\u00f3n)<\/p>\n<p>Ajuste del canon por precio del barril.<\/p>\n<p>Ajuste del canon anual por barriles.<\/p>\n<p>Causal de nulidad de cualquier adjudicaci\u00f3n de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitaci\u00f3n p\u00fablica y abierta.<\/p>\n<p><strong>Biocombustibles<\/strong><\/p>\n<p>Se fij\u00f3 un plazo de 18 a\u00f1os para que las mezclas con combustibles f\u00f3siles sean producidas en instalaciones situadas en la Rep\u00fablica Argentina, utilizando materias primas nacionales.<\/p>\n<p>Se fija un r\u00e9gimen de % obligatorios en volumen.<\/p>\n<p>Para biodiesel, establecimiento de un cronograma de cortes o mezclas obligatorias de biodiesel, en % en volumen progresivos en aumento hasta el a\u00f1o 2026. A partir del 12,5% y no antes de 3 a\u00f1os de la Ley, se propondr\u00e1 al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar el 15%. En la zona patag\u00f3nica el porcentaje de mezcla o corte ser\u00e1 del 10% hasta tanto se solucionen cuestiones t\u00e9cnicas y\/o de infraestructura.<\/p>\n<p>Para bioetanol, establecimiento del 12% en volumen como porcentaje de mezcla obligatorio. Durante los primeros dos (2) a\u00f1os, se podr\u00e1 disponer un incremento hasta el 15%. A partir del 15% y no antes de 3 a\u00f1os de la entrada en vigencia, se propondr\u00e1 al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar un porcentaje entre el 18 y el 27%.<\/p>\n<p>Cuando la mezcla o corte obligatorio supere el 15% para el biodiesel o el 18% para el bioetanol, las empresas que produzcan y\/o destilen hidrocarburos estar\u00e1n autorizadas a participar en las licitaciones previstas en el r\u00e9gimen \u00fanicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla o corte antes mencionados. En ning\u00fan caso, la participaci\u00f3n de las empresas que produzcan y\/o destilen hidrocarburos podr\u00e1 ser superior al 15% del volumen excedente.<\/p>\n<p>La autoridad de aplicaci\u00f3n puede exceptuar los % se\u00f1alados \u00fanicamente en caso de escasez general y comprobada de materia prima.<\/p>\n<p>R\u00e9gimen \u00fanico de licitaciones transparentes, de acceso p\u00fablico para la determinaci\u00f3n de vol\u00famenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles.<\/p>\n<p>Para biodiesel, l\u00edmite de adjudicaci\u00f3n m\u00e1xima del 14% por empresa, de su capacidad instalada registrada, y respeto de la relaci\u00f3n entre la producci\u00f3n real propia y a fa\u00e7\u00f3n, y la capacidad instalada del conjunto de empresas que producen materia prima (empresas integradas), sea igual a la del conjunto de las restantes empresas elaboradoras.<\/p>\n<p>Para bioetanol, l\u00edmite de adjudicaci\u00f3n de su capacidad instalada registrada. Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el bioetanol a base de ca\u00f1a de az\u00facar se respetar\u00e1 el volumen anual promedio del per\u00edodo 2021 &#8211; 2023. Efecto: se asegura un volumen de bioetanol de ca\u00f1a hasta 2030 en base a lo entregado en los \u00faltimos a\u00f1os; pueden tener m\u00e1s volumen si por precio les corresponde en la licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para bioetanol y biodiesel, en el caso de que los precios adjudicados superen los precios internacionales de importaci\u00f3n, los vendedores de biocombustibles deber\u00e1n vender al precio de importaci\u00f3n vigente en cada momento.<\/p>\n<p>No se deroga la exenci\u00f3n de los biocombustibles del impuesto a los combustibles l\u00edquidos y al impuesto al carbono.<\/p>\n<p><strong>Energ\u00eda El\u00e9ctrica<\/strong><\/p>\n<p>Aclaraci\u00f3n en las bases de delegaci\u00f3n del mantenimiento en la cuesti\u00f3n tarifaria de los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076.<\/p>\n<p><strong>Fondos Fiduciarios<\/strong><\/p>\n<p>Aclaraci\u00f3n que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fr\u00eda) estar\u00e1n comprendidos en la reasignaci\u00f3n de subsidios a realizar conforme el DNU 70\/23.<\/p>\n<p><strong>Transici\u00f3n Energ\u00e9tica<\/strong><\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n de las provincias en las mesas t\u00e9cnicas de trabajo para el dise\u00f1o del modo de asignaci\u00f3n de derechos de emisi\u00f3n y la implementaci\u00f3n del modo para establecer los l\u00edmites de derechos de emisi\u00f3n anuales.<\/p>\n<p><strong>Legislaci\u00f3n ambiental<\/strong><\/p>\n<p>Reconocimiento expreso del acuerdo de las provincias para la legislaci\u00f3n ambiental armonizada.<\/p>\n<a href=\"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/wp-content\/uploads\/2024\/01\/ley-omnibus-modificaciones.pdf\" class=\"pdfemb-viewer\" style=\"\" data-width=\"max\" data-height=\"max\" data-toolbar=\"bottom\" data-toolbar-fixed=\"off\">ley omnibus-modificaciones<\/a>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luego de advertir que no negociar\u00eda el paquete de reformas que se discute desde hace dos semanas en el Congreso, el gobierno de Javier Milei recul\u00f3 y acept\u00f3 modificar 100 art\u00edculos del proyecto conocido como Ley \u00d3mnibus. Entre los puntos sobresalientes de las modificaciones al texto original del proyecto de ley enviado al Congreso el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":23,"featured_media":1411662,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[58],"tags":[43,16735,19026],"class_list":["post-1412349","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica","tag-featured","tag-javier-milei","tag-ley-omnibus"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1412349","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/23"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1412349"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1412349\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/1411662"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1412349"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1412349"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lavozdemisiones.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1412349"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}