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La justicia vuelve a decir que los radares de Misiones son truchos y recaudatorios

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La Justicia Federal de Paraná declaró inconstitucional las multas a través del sistema de fotomultas que funciona en Misiones. El fallo sentaría un precedente para ser aplicado en todo el país.

PARANÁ. MISIONES. El juez federal N° 2 de Paraná, Daniel Alonso, resolvió declarar inconstitucionales las leyes provinciales de Misiones “que autorizan prescindir del claro mandato legal del artículo 70° del Reglamento Nacional de Tránsito sobre rutas de jurisdicción nacional”.

De esa manera, el juez hizo lugar al amparo presentado por paranaense Diego Beber Brunner, declarando la nulidad del acta de infracción de tránsito que se le impuso en Misiones.

En el expediente, se conoció que el conductor de Paraná hizo una presentación de amparo en la Justicia Federal contra la provincia de Misiones, impugnando por “manifiesta ilegitimidad el acta de comprobación de infracción emitida por la demandada y solicitando la suspensión del proceso administrativo iniciado por la Policía de Misiones”.

El problema de fondo era establecer cuál era el verdadero fin de los operativos con radares y fotomultas, si existía un interés recaudatorio, o bien había un fin sancionatorio y reflexivo en el sistema.

Por los descargos que hicieron la policía y la provincia de Misiones, sólo se tuvo en cuenta la emisión de la multa y su posterior interés en intimar al infractor que debería saldarla en un tiempo perentorio.

Fin recaudatorio

El análisis en el juzgado de Alonso se inició con el amparo presentado por el conductor de Paraná. Al regresar de sus vacaciones le llegó una carta a su domicilio. Había sido multado en Misiones, en la ruta nacional 12 por un exceso de velocidad.

En el expediente se constató la multa del 9 de enero de 2019. Allí fue sancionado el automóvil y con la patente se estableció el domicilio y de allí el envío de la carta al titular del auto.

El conductor nunca fue notificado, y se enteró de la supuesta infracción cuando le llegó a su domicilio la copia con la multa y la intimación de pago.

Ante esto, el juez marca con claridad que tiene la facultad de intervenir por contar con la competencia que le otorga la propia Constitución Nacional.

En los argumentos, Alonso marca que al hacer su descargo la provincia de Misiones, “sólo se limitó a marcar la multa grave, pero no se dispuso la retención de la licencia”, como tampoco se lo notifica de la infracción.

El juez federal alertó que el mecanismo de multa de Misiones “no fue corroborada siguiendo la metodología establecida por el artículo 70 de la ley Nacional de Tránsito, sino por un sistema automático incapaz de actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial”.

También inquirió el magistrado de Paraná: “Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando supuestamente en infracción”.

No se verificó quién conducía, quién fue el policía que labró el acta, por qué iba con una excesiva velocidad y otras exigencias que reclama la Ley Nacional de Tránsito cuando autoriza el cobro de una multa por infracción sin afectar las garantías constitucionales.

Sólo se identificó al supuesto conductor por la chapa patente, “sin haber realizado el mínimo esfuerzo para individualizar al conductor presuntamente infractor, es como responsabilizar al titular dominial de un inmueble donde se cometió un ilícito por su sola condición de tal”.

Este procedimiento “de comprobación automática de la eventual infracción, aparece viciado en su legitimidad formal y tal vicio conculca elementales garantías constitucionales y legales”, entendió el juez federal. Por ello, consideró necesario declarar “nula el acta de infracción de tránsito realizada por Misiones”.

Ante esto es que dispuso considerar “inconstitucional la normativa legal de la provincia de Misiones, en tanto autoricen prescindir del claro mandato legal del artículo 70 de la ley Nacional de Tránsito (24.449) sobre rutas de jurisdicción nacional, haciendo lugar a la acción de amparo promovida por Brunner”.

Precedente y futuras inconstitucionalidades

Al fallo de juez Alonso se lo considera inédito a nivel nacional y podría provocar un antes y un después en el cobro de multas en las provincias.

La resolución del magistrado brinda un precedente judicial, ya que cualquier ciudadano de Entre Ríos que llegue a ser sancionado en otra provincia, sin ser notificado y alertado de la infracción, podría presentarse en los estrados judiciales promoviendo un amparo como el analizado en el caso de la provincia de Misiones.

En los últimos tiempos se han hecho famosas las modalidades a la hora de multar en Córdoba, Santa Fe y otros estados provinciales, por lo que en caso de ser idénticas las acciones de las fuerzas de seguridad, podrían recibir la misma declaración de nulidad del acta de infracción como de inconstitucionalidad de la ley provincial que ampare los controles en rutas nacionales violando la ley nacional de Tránsito.

Otro punto que se aclaró es que para que sea válida la intervención de la Justicia Federal, el afectado que recurra con una infracción de tránsito, la misma se deberá haber impuesto en una ruta nacional.


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Dieron el último adiós a Fernando Rosa y sus restos fueron cremados en Posadas

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El cuerpo del comediante Fernando Rosa (41) se veló hasta la mañana de hoy, 6 de enero, en la sala Cúneo, por calle San Martín, pasando 25 de mayo. Así lo dispusieron sus familiares, después de que hallaran al artista sin vida la noche del 4 de enero. Luego del sepelio, sus restos fueron cremados. Una multitud de personas se acercó a darle su abrazo a familiares y allegados del artista que fue velado a cajón cerrado, con objetos que usaba su personaje, Rulo Espínola. Se vio el equipo de tereré y la gorra que decía la frase “¿porqué hace eso?” que siempre recurría en sus guiones teatrales.

La noticia de su fallecimiento cayó como un duro golpe anoche, 4 de enero. Según fuentes policiales, fue la madre de Rosa, María Celeste Benítez Villagra, quien lo encontró sin signos vitales en la habitación de la casa donde vivía solo, por avenida Aguado, de Posadas. Al respecto, los allegados informaron que hace muchos años atravesaba una profunda depresión, estaba medicado pero a pesar de ello no lograba superar su estado, con fuertes recaídas y pese a que hacía planes a futuro, como la idea de abrir un merendero para chicos. Asimismo, padecía constantes dolores por la artrosis, a causa de la discapacidad motriz con la que nació.

Además de ser un reconocido artista del teatro, el cine y la televisión, Fer Rosa también llevaba adelante roles como funcionario público. Fue designado este año como Subsecretario de Discapacidad, dentro del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Misiones. En tanto, desde 2021 había asumido como Director de Discapacidad en la municipalidad de Posadas.

Rosa era licenciado en Comunicación Social, egresado de la Universidad Nacional de Misiones. Había investigado sobre la frontera para su tesis, algo que le permitió construir su personaje de Rulo Espínola, el más conocido y más querido por el público, con el cual además protagonizó una serie de espectáculos en la sala Mandové Pedrozo. También actuó en la Fiesta Nacional del Chamamé, de Corrientes, y en el Festival Nacional de la Música del Litoral, adonde fue distinguido como Artista Revelación.

 

Foto: gentileza Marcos Otaño


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Rovira sobre victoria de Milei: “Vox populi vox dei”

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El presidente de la Cámara de Representantes de Misiones, Carlos Eduardo Rovira, se expresó sobre los resultados del balotaje que erigieron a Javier Milei como próximo presidente.

“Vox populi vox Dei”, dijo el ingeniero químico en un tuit.

Además de la locución latina, que significa “la voz del pueblo es la voz de Dios”, el ex gobernador felicitó “a todos los ciudadanos misioneros” por expresar su voto.

El pasado jueves 9 de noviembre, Rovira recibió en Posadas a Massa, quien se comprometió a volver tras los comicios para sellar la implementación del régimen impositivo especial para Misiones.

En aquella oportunidad, el ministro de Economía aseguró que, “pase lo que pase el 19, por más que nos voten en contra, la semana posterior de la elección vamos a estar acá, poniendo en marcha la zona aduanera especial para competir de igual a igual”.


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Policiales

Falleció un ciclista que se quedó sin frenos y cayó a una cuneta en Mojón Grande

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José Ubaldo Amarilla, de 68 años, falleció anoche tras un accidente cuando circulaba con su bicicleta, en Mojón Grande.

Según informó la Policía de Misiones, el hecho ocurrió alrededor de las 23.30 del último domingo, en inmediaciones del acceso a la mencionada localidad.

Fue el hijo de Amarilla quien dio aviso a las autoridades de la comisaría local luego de encontrar a su padre sin vida, tendido en una profunda cuneta a la vera de la ruta provincial 215.

Después de realizar las pericias correspondientes, a cargo de los efectivos de la División Policía Científica UR-VI, se descartó la participación de terceros en el siniestro vial.

Asimismo, los policías señalaron que el accidente se produjo por problemas mecánicos en los frenos de la bicicleta, de rodado 26.

Por su parte, el informe del médico reveló que el ciclista sufrió un traumatismo de cráneo y presentaba escoriaciones en la región lumbar como consecuencia de su caída. Además, el profesional en turno determinó que el hombre de 68 años falleció fue un politraumatismo grave.

Desde el Juzgado de Instrucción 5 de Leandro N. Alem, se ordenó que el cuerpo de José Ubaldo Amarilla fuera entregado a sus familiares para su velatorio e inhumación. En tanto, la bicicleta involucrada en el accidente fue secuestrada como parte de la investigación en curso.

Foto: ilustrativa.


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